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El Gobierno reglamentó artículos de la reforma laboral: cambios en convenios, sindicatos y recibos de sueldo

La medida fue oficializada en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei.

El Gobierno nacional reglamentó aspectos clave de la Ley de Modernización Laboral 27.802 a través del Decreto 407/2026, una medida que introduce cambios en materia de convenios colectivos, actividad sindical, registración laboral, plataformas digitales y empresas de servicios eventuales.

La normativa, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el presidente Javier Milei, establece que la Secretaría de Trabajo deberá convocar, en un plazo de 30 días, a la renegociación de los convenios colectivos vencidos. Además, fija criterios para determinar qué acuerdos serán considerados en esa situación cuando no cuenten con una fecha explícita de finalización.

Entre los cambios incorporados, se dispone que los aportes, contribuciones y retenciones contemplados en los convenios colectivos deberán calcularse de manera global y ajustarse a los límites previstos por la ley.

En el plano sindical, la reglamentación suma nuevos requisitos para acceder a la personería gremial. También establece controles sobre la cantidad de afiliados mediante registros estatales y determina que una organización deberá superar en al menos un 5% de afiliados cotizantes a otra entidad para reemplazarla dentro del mismo ámbito de representación.

Asimismo, se introducen modificaciones en el uso de las horas gremiales. A partir de ahora, deberán notificarse con un mínimo de 48 horas de anticipación, no podrán acumularse y no deberán afectar áreas consideradas críticas dentro de las empresas.

Otro de los ejes de la norma es la digitalización de las relaciones laborales. La registración de trabajadores pasará a realizarse mediante los sistemas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, eliminando la obligación de llevar libros laborales físicos o digitales.

 

En ese contexto, los recibos de sueldo deberán incorporar una nueva estructura informativa, incluyendo el detalle de las contribuciones patronales, descuentos aplicados, salario bruto, salario neto y el costo laboral total asumido por el empleador.

Respecto de las licencias médicas, los certificados que indiquen reposo laboral deberán emitirse exclusivamente en formato electrónico, a través de plataformas sanitarias registradas y por profesionales habilitados.

Por otra parte, el decreto designó a la Secretaría de Transporte como autoridad de aplicación del régimen que regula los servicios privados de movilidad y reparto mediante plataformas tecnológicas, actividad que tendrá un esquema normativo específico y diferenciado del régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo.

La reglamentación también modifica el funcionamiento de las empresas de servicios eventuales, simplificando los requisitos de inscripción y ampliando los casos en los que podrán ser contratadas por compañías usuarias.

En el sector de la construcción, la registración laboral dejará de depender del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción y pasará a concentrarse en la ARCA, organismo que administrará las altas, bajas y modificaciones de las relaciones laborales.

Según el Gobierno, el objetivo de estas medidas es reducir cargas administrativas, fomentar la formalización del empleo, aumentar la transparencia y adaptar la legislación laboral a los sistemas digitales vigentes.

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