Representantes de las CÔmaras de Comercio del sudoeste chaqueño solicitan al gobernador de la Provincia, Jorge Capitanich, que «se permita la apertura de comercios no exceptuados a funcionar, con limitaciones de horario y condiciones de sanidad acordes», ademÔs de una asistencia financiera.
Los comerciantes plantean que tanto minoristas como cuentapropistas puedan atender al pĆŗblico Ā«en un horario restringido y tomando las debidas precauciones, tanto de distanciamiento social como sanitarias, para procurar un mĆnimo ingreso que permitan la supervivencia del comercio y el sostenimiento de los puestos de trabajoĀ».
Ā«Este pedido se cursa dado que la región ha sufrido los embates de dos emergencias hĆdricas y esta situación epidemiológica, si bien nos preocupa profundamente, tambiĆ©n es cierto que lleva a los comercios minoristas al borde de una quiebra inminenteĀ», reza el documento.

Y argumentan: «Esto lo sostenemos dado que las ventas son iguales a cero pero las obligaciones han seguido su curso normal. No escapa a su conocimiento que se reactivó el clearing bancario, pero sin apertura de las entidades, lo que ha provocado desajustes financieros importantes. Asimismo, por la costumbre comercial de operar con cheques a fecha, que se emiten bajo una excpectativa razonable de ingresos futuros suficientes para afrontarlos a su vencimiento, pero que en el actual escenario no exite manera de que sean cubiertos por el motivo expresado».
Sobre este punto, ademĆ”s solicitan asistencia financiera: Ā«Consideramos que junto con las entidades financieras deben adoptarse medidas que tiendan a sobrellevar esta emergencia, otorgando a los clientes de manera automĆ”tica un prĆ©stamo equivalente a tres meses de facturación (o hasta el lĆmite de facturación para monotributistas) a tasa cero y a un plazo de 24 meses con 2 de graciaĀ».
«Respecto de la reapertura de actividades, consideramos que el decreto presidencial 297 al restringir la actividad comercial, hace foco en los grandes conglomerados como shoppings y centros comerciales, que sà constituyen factores de propagación del Covid-19 por la aglomeración de personas», agregan.
Ā«En el artĆculo 6 inciso 11 del mencionado decreto, cuando menciona las excepciones al aislamiento social, preventivo y obligatorio, estable Ā«Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. FerreterĆas. Veterinarias. Provisión de garrafasĀ».
Relacionado