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Vehículos incautados del delito: impulsan su uso para asignarlos a la seguridad pública y ciudadana

El proyecto de Ley de utilización de vehículos producto del delito fue elevado para su tratamiento parlamentario por el diputado del NEPar, Juan José Bergia, apunta a que estas unidades – en caso de quedar en depósito – deberían tner como destino la función de seguridad pública o ciudadana, y en ningún caso para uso particular.

La iniciativa de Bergia apunta a aquellos, “bienes muebles y/o muebles registrables que pudieran deteriorarse en caso de quedar en depósito. Deberá informarse a la Policía provincial a fin que manifiesten su interés en el uso de éstos y el destino que se les otorgaría, debiendo estrictamente ser afectados al cumplimiento de la función de seguridad pública y ciudadana, y en ningún caso para uso particular”.

Destacando que la Magistratura interviniente – en cada caso – “podrá otorgar, a solicitud del Sr. Jefe de Policía los bienes en calidad de depositario judicial, asumiendo las obligaciones inherentes a su guarda y conservación, previa contratación de un seguro de responsabilidad civil contra terceros en el caso de vehículos a motor”.

Aclarando que, “la entrega en depósito podrá ser revocada por la Magistratura, si correspondiera la devolución a su legítimo propietario y/o se verificase una afectación diferente a la que diera motivo a su otorgamiento y/o el incumplimiento de las obligaciones asumidas por el depositario”.

Sosteniendo que, “en caso de vehículos, deberán ser ploteados con la inscripción visible ‘Vehículo recuperado en la lucha contra el delito, hoy al servicio de la ciudadanía – Ley Prov.1283-A´’”.

Fundamentos

El legislador Juan José Bergia sostiene, además, que se deberá, “crear el registro de bienes secuestrados, bienes en depósito judicial y bienes decomisados, estableciendo el procedimiento a seguir en relación a la custodia y disposición de los mismos, como así también las autoridades competentes encargadas de decidir sobre estos”.

Agregando que, “dicha normativa resulta aplicable a los bienes secuestrados por delitos o contravenciones en causas penales o de la justicia de Faltas o de competencia de tribunales de la provincia que hayan sido utilizados para tentar, o consumar un delito o que resulten producto de un obrar delictivo o para cometer faltas o contravenciones”.

Y que además, ”existe en la actualidad una gran cantidad de bienes que se encuentran en situación de depósito saturando los espacios físicos destinados a tal fin, los cuales se deterioran indefectiblemente por el paso del tiempo y la imposibilidad material de un adecuado resguardo, quedando en condición de inutilizables”.

”Que pese a los insoslayables esfuerzos presupuestarios del Poder Ejecutivo Provincial en el área de seguridad pública y ciudadana, las necesidades actuales demandan un aumento de los recursos humanos existentes, con el consecuente requerimiento de incremento de recursos materiales para un efectivo y eficiente cumplimiento de las tareas asignadas”, destaca el diputado provincial entre otros conceptos..

Por lo que, “para el cumplimiento de estos objetivos, se propone la modificación de la Ley 1238-A (antes Ley N° 5159/12), mediante la incorporación de un artículo que prevea en forma expresa esta opción, dando sustento jurídico al proyecto e incentivo al proceder de los operadores judiciales involucrados, estableciendo el marco regulatorio y su finalidad”.

Fuente: Chaco Dia por Dia.

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