Sáenz Peña: Practicaron un aborto a niña que fue abusada sexualmente
La interrupción del embarazo, que llevaba 16 semanas de gestación, fue autorizada por la madre de la pequeña de 13 años.
En el mes de marzo, la madre de una niña de 13 años denunció que su pareja abusó sexualmente de su hija en Machagai. Al momento de la denuncia, la pequeña tenía ya 16 semanas de gestación. Luego de varias investigaciones del caso por parte del equipo interdisciplinario interviniente en conjunto con la Asesoría del menor, la Fiscalía de Sáenz Peña aprobó una interrupción voluntaria del embarazo (ILE).
El Fiscal Marcelo Soto, explicó que meses atrás madre e hija habían sido entrevistadas en la Cámara Gesell de dicha ciudad.
“Esta causa se inició allá por el mes de marzo por una denuncia de la madre. Iniciado el trámite a la niña se les hacen los exámenes médicos correspondientes y se práctica la declaración en Cámara Gesell de la menor, en donde ella relata los reiterados abusos por parte de su padrastro que aprovechaba la ausencia de su madre”
Tras la denuncia, Soto detalló que se le hizo conocer a la madre -a través de autoridades médicas del Hospital 4 de Junio, “el protocolo de actuación ante este tipo de hechos, en donde la madre en calidad de representante de la menor prestó el consentimiento para la interrupción del embarazo”
El imputado con prisión preventiva
“Eso se hizo a fines de marzo, luego se conservaron las muestras y ya está detenido acusado. Se remitieron ambas muestras de ADN y el INCIF (Instituto Nacional De Ciencias Forenses) pudo establecer un 99,9% de probabilidades de la paternidad del embarazo que cursaba la menor”, dijo Soto.
El Fiscal de Sáenz Peña anunció que la causa concluyó, “dicté el acto de elevación a juicio antes del receso, está en los últimos tramos. El padrastro sigue con la prisión preventiva firme”
Interrupción voluntaria del embarazo (ILE)
Sobre cómo procedió la Fiscalía frente a este caso de abuso sexual, Soto manifestó que la intervención fue avalada por el código penal, “El Artículo 86 permite dos supuestos, uno cuando la persona corre el riesgo de perder la vida y el otro cuando el embarazo deviene de un abuso sexual”
“En este caso la víctima puede prestar su consentimiento para la intervención y en caso de que la víctima sea una menor o alguien que no puede prestar válidamente su consentimiento lo hace la madre. Las reglamentaciones son desde hace varios años atrás, el artículo en el código penal ya existía con antelación”, concluyó.
Fuente: Dirio21.tv