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Resolución del gobierno habilita a comercios a atender hasta las 21 e incluso los domingos

En el marco del plan de Desescalada anunciado por el Ejecutivo provincial, los comerciantes fueron informados por la CÔmara de Comercio de Resistencia, la plena vigencia de la Resolución Nº1217 del Ministerio de Industria de la Provincia, la que autoriza a que. «los locales y establecimientos comerciales podrÔn funcionar de lunes a domingo inclusive, extendiendo su horario de atención al público hasta las 21:00 horas».

En ese sentido, el documento pĆŗblico fechado el pasado 2 de octubre, seƱala en sus considerandos, ā€œque, por el Decreto N° 843/2020 se estableció un plan de desescalada en el contexto del aislamiento social preventivo y obligatorio se estableció un sistema de gestión de la ejecucion de un plan integral que cuenta con IV fasesā€

RecordĆ”ndose que, ā€por los respectivos Decretos NĀŗ1068/20 y 1207/20 se extendió el proceso de desescalada hasta el dia 11 de octubre del 2020ā€.
Aclarando que, ā€œen virtud de lo dispuesto en el pĆ”rrafo precedente es necesario continuar con la generación de pautas y recomendaciones previstas en los anexos de los decretos mencionados en el visto a fin de continuar con la extension gradual de las actividades comerciales y de servicios’“.

Por lo cual. ā€œel ArtĆ­culo 6° del Decreto N° 843/20, faculta al Ministerio de Producción, Industria y Empleo a disponer de las medidas y acciones de carĆ”cter complementario bajo el estricto cumplimiento de lo previsto en el Decreto mencionado y sus anexos, pudiendo arbitrar, aclarar en todo momento los protocolos de bioseguridadā€.

AdemĆ”s de la autorización a los negocios de funcionar hasta las 21 horas, de lunes a domingo, la Resolución del Ministerio – en su ArtĆ­culo 2Āŗ, establece, ā€autorizar que todas las actividades comerciales que no requieran atención al pĆŗblico para Ia comercialización de bienes y/o servicios, podrĆ”n extender el horario laboral hasta las 00:00hs., ampliando su capacidad operatoria al 50%ā€.

Mientras que, en el artĆ­culo siguiente, ratifica ā€œlas pautas previstas en el Anexo I del Decreto N° 1068/20, relativas a la atención de grupos de riesgo y protocolos de ingreso a establecimientos y galerĆ­as comercialesā€.

Por Ćŗltimo, el documento estatal seƱala que, ā€œlas diferentes determinaciones de la presente Resolución tendrĆ”n plena vigencia siempre que no existan o se dicten normas municipales en contrarioā€.

Fuente: Chaco Dia por Dia.

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