Resolución del gobierno habilita a comercios a atender hasta las 21 e incluso los domingos
En el marco del plan de Desescalada anunciado por el Ejecutivo provincial, los comerciantes fueron informados por la Cámara de Comercio de Resistencia, la plena vigencia de la Resolución Nº1217 del Ministerio de Industria de la Provincia, la que autoriza a que. «los locales y establecimientos comerciales podrán funcionar de lunes a domingo inclusive, extendiendo su horario de atención al público hasta las 21:00 horas».
En ese sentido, el documento público fechado el pasado 2 de octubre, señala en sus considerandos, “que, por el Decreto N° 843/2020 se estableció un plan de desescalada en el contexto del aislamiento social preventivo y obligatorio se estableció un sistema de gestión de la ejecucion de un plan integral que cuenta con IV fases”
Recordándose que, ”por los respectivos Decretos Nº1068/20 y 1207/20 se extendió el proceso de desescalada hasta el dia 11 de octubre del 2020”.
Aclarando que, “en virtud de lo dispuesto en el párrafo precedente es necesario continuar con la generación de pautas y recomendaciones previstas en los anexos de los decretos mencionados en el visto a fin de continuar con la extension gradual de las actividades comerciales y de servicios’´.
Por lo cual. “el Artículo 6° del Decreto N° 843/20, faculta al Ministerio de Producción, Industria y Empleo a disponer de las medidas y acciones de carácter complementario bajo el estricto cumplimiento de lo previsto en el Decreto mencionado y sus anexos, pudiendo arbitrar, aclarar en todo momento los protocolos de bioseguridad”.
Además de la autorización a los negocios de funcionar hasta las 21 horas, de lunes a domingo, la Resolución del Ministerio – en su Artículo 2º, establece, ”autorizar que todas las actividades comerciales que no requieran atención al público para Ia comercialización de bienes y/o servicios, podrán extender el horario laboral hasta las 00:00hs., ampliando su capacidad operatoria al 50%”.
Mientras que, en el artículo siguiente, ratifica “las pautas previstas en el Anexo I del Decreto N° 1068/20, relativas a la atención de grupos de riesgo y protocolos de ingreso a establecimientos y galerías comerciales”.
Por último, el documento estatal señala que, “las diferentes determinaciones de la presente Resolución tendrán plena vigencia siempre que no existan o se dicten normas municipales en contrario”.
Fuente: Chaco Dia por Dia.