Prorrogan la eximición de aportes previsionales al sector de la salud
El Gobierno prorrogó hasta el 31 de agosto de 2022 la vigencia de las disposiciones del decreto 34/2021, que exime del pago de las contribuciones patronales que se destinen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a los empleadores y las empleadoras pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.
La extensión del plazo –que vencía ayer- por el cual se exime al sector del 100% del pago de los aportes, se dispuso a través del decreto 359/2022 publicado hoy en el Boletín Oficial.
Se trata de la tercera prórroga de la medida, la última de ellas establecida a fines de diciembre del año pasado.
La eximición –indica la normativa- continuará siendo compensada con recursos del Tesoro Nacional, “con el fin de no afectar el financiamiento de la seguridad social ni el cálculo correspondiente a la movilidad previsional”.
Asimismo, el decreto extiende hasta el 31 de agosto próximo la vigencia de las disposiciones del artículo 2 del decreto 300/2020, que estableció, al iniciar la pandemia de Coronavirus en marzo de 2020, un tratamiento diferencial a los empleadores de las actividades relacionadas con la salud, en lo que respecta al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
Mediante dicho beneficio impositivo, las alícuotas del llamado “impuesto al cheque” se reducen al 2,50 por mil para las operatorias en cuenta corriente, y al 5 por mil para las restantes operaciones.
Los beneficios abarcan a las obras sociales, servicios de seguros de salud, medicina prepaga, mutuales de salud, servicios de hospitales, de atención ambulatoria realizados por médicos y odontólogos, de práctica de diagnóstico y tratamiento y de emergencias y traslados.
El decreto de hoy consideró que “debido a la permanencia de la situación sanitaria en nuestro país provocada por la pandemia del Covid-19, resulta imperioso prorrogar” ambas normativas.
Además, señaló que frente a dicha situación, “no sólo se debe procurar la adopción de medidas tendientes a la protección de la salud”, sino también “garantizar a los beneficiarios y las beneficiarias del Sistema Nacional del Seguro de Salud el acceso a las prestaciones médicas necesarias y continuar fortaleciendo el sistema de salud”.
Fuente: Télam