¿Por qué es clave ante un delito que no se muestren rostros de sospechosos?
Tras el hecho ocurrido el pasado sábado, de un violento robo, seguido de violación, la indignación de la sociedad se mostró a pleno en Charata, y alrededores. Sin embargo, las fotos de los sospechosos se viralizaron rápidamente, tanto como la indignación con los medios por no hacer lo mismo.
El abogado penalista, Sergio Benito explica porque esta situación podría perjudicar seriamente esta causa, o cualquier otra en que sucediera lo mismo.
“¿Por qué no se puede dar a conocer los rostros de los sospechosos?” (señalan los más educados), “son cómplices, muestren la cara, siempre defendiendo al delincuentes”, fueron las demás expresiones, que por estos días se generaron. Pero no fue lo complicado, sino el hecho de que la gente común –no los medios- accedieron a las imágenes de los sospechosos, las cuales se viralizaron en redes sociales con mensajes de indignación, que lejos de servir a que se haga justicia, pueden perjudicar el desarrollo de la investigación y esclarecimiento de la causa.
“Es un tema importante, porque a veces, la idea popular de que aparezcan los rostros de las personas involucradas en un hecho delictivo, es como que saciar la sed de justicia inmediata que la sociedad tiene, pero eso va a contra mano del trabajo efectivo que debe realizar la fiscalía, y muchas veces perjudica ese trabajo; porque el conocimiento que la sociedad tenga de los supuestos sospechosos puede hacer de alguna manera variar la prueba, y puede significar –en muchas ocasiones- la realización de planteos modificatorios respecto del reconocimiento de los supuestos autores por parte de las víctimas, o por parte de testigos, porque al exhibir públicamente la cara de estas personas como supuestos responsables del hecho, hace que cualquier persona que se presente ya tenga el conocimiento de la cara de la persona, y cualquier abogado defensor plantea la nulidad de ese acto para que no sirva como elemento de cargo para imputar por parte de la fiscalía, lo cual deja al fiscal sin una de las pruebas fundamentales”, explicó el abogado penalista, Sergio Benito.
“Ese es uno de los factores técnicos. Un reconocimiento en rueda de prensa es nulo, si se prueba que reconociente tuvo conocimiento previo del rostro de la persona. Cuando esto ocurre, como en estos casos, esos planteos la defensa lo hará y será más difícil la tarea del fiscal”, remarcó
Por otro lado, Benito recordó que “se viola el principio constitucional de inocencia, por lo cual la conducta de publicar los rostros es un acto antijurídico, ilegal. Porque este principio dice que toda persona es inocente hasta que se compruebe lo contrario o que una sentencia dictada por un tribunal, así lo declare. No es lícito mostrar el rostro de las personas, y esto no tiene que ver con hacer una valoración axiológica de la conducta, porque sin duda un hecho como este es aberrante y repugna a toda la sociedad, incluso a nosotros, pero técnicamente es esto lo que sucede”.
Benito hizo hincapié que, si bien es entendible la reacción social, puede ser perjudicial para la obtención de justicia o el esclarecimiento de un caso. “Cuando la presión social es tan fuerte, los funcionarios judiciales -que son personas como todos nosotros- no son insensibles ante esa presión, y se pueden emitir resoluciones judiciales que no son difíciles atacar, porque a raíz de esa presión suelen ser apresuradas, para saciar esa sed de justicia; y veces están desprovistas de los elementos necesarios para que esa resolución tenga la solidez necesaria para que no sea fácilmente atacada”.
Fuente: Norte.