El gobernador Domingo Peppo ofreció detalles sobre la prórroga de la AFIP en la emergencia del sector productivo, comercio, servicios e industria hasta el 10 de Enero del 2020, mediante la resolución N° 4536/19 publicada hoy en el Boletín Oficial.
“Se hicieron eco de nuestra decisión de extender la emergencia, para atender al sector económico que fue castigado con las inundaciones”, destacó el mandatario.
De esta manera, el mandatario aclaró que solo el sector productivo debe acompañar ante AFIP su certificado de emergencia emitido por el Ministerio de Producción de la Provincia. En tanto, el Comercio, Servicios e Industria solo debe acreditar su domicilio fiscal en la provincia y estar encuadrado en el nomenclador de actividades del sector.
“No se exige para el comercio, servicios e industria la emisión de un certificado de emergencia”, enfatizó.
El mandatario informó que los sectores tienen plazo hasta el 30 de septiembre del 2019 para pedir ante AFIP los beneficios de esta prórroga.
Cabe destacar que la declaración de la emergencia se extendió al sector comercial, industrial y de servicios mediante el Decreto N° 288 emitido por la Provincia el 25 de enero de 2019 y que por gestiones entre gobiernos se pudo lograr su reconocimiento ante AFIP.
“Desde el primer día manifestamos con acciones concretas nuestra voluntad de acompañar al sector privado de la provincia, y estuvimos acompañando en este contexto de crisis económica y posteriormente la emergencia hídrica”, ponderó Peppo.
Fuente: DiarioChaco









