PASO 2023: ¿Qué documentos son válidos para votar el domingo?
En estas elecciones se definirán los candidatos que podrán presentarse en las elecciones generales nacionales del próximo 22 de octubre en las categorías de presidente, vicepresidente, representantes del Parlasur, diputados y senadores del Congreso de la Nación.
Fanny Blanco, directora general del Registros Civiles de la provincia del Chaco, dialogó con Chaco TV sobre los puntos importantes a tener en cuenta para emitir el voto en las elecciones de este domingo 13 de agosto. “Los documentos habilitados para el próximo domingo al sufragio son todos los DNI. Estamos hablando de DNI libreta, tarjeta e inclusive libreta cívica. Lo que no permite emitir el voto es una constancia de DNI en trámite o un ejemplar anterior al que figura en el padrón”, detalló.
En este sentido, recordó que “el Registro Civil nunca deja de trabajar” y que siempre está “haciendo los operativos de identificación” para acercar a la mayor cantidad posible de ciudadanos el servicio que brindan. Asimismo, informó que se estarán realizando operativos de identificación en el interior del Chaco, más precisamente los días 9 y 10 en Sáenz Peña y los días 17 y 18 en Nueva Pompeya, además de mencionar las postas diarias que se efectúan en los distintos barrios y alrededores de Gran Resistencia. Los mismos se realizarán de 8 a 12 el día sábado y de 8 a 18 el domingo. Por último, para aquellos que tengan el certificado en trámite, recomendó que consulten el estado a través de la página web www.argentina.gob.ar/interior/renaper.
Capacitaciones de cara a las PASO nacionales
La jueza federal Zunilda Niremperger comentó a Chaco TV una serie de recomendaciones de cara a las elecciones que se llevarán a cabo este domingo y en donde se elegirán a los candidatos para las generales del 22 de octubre. En este sentido, destacó la importancia de dar cuenta sobre “inquietudes” al momento de efectuar el voto y de “certificar” la ausencia al sufragio.
“En caso de encontrar cualquier cuestión que le suscite una inquietud tiene que concurrir a la Secretaría Electoral de nuestro tribunal y ahí realizar la queja correspondiente para que se haga el cambio”, expresó la jueza. Asimismo, explicó que esa “inquietud” puede ser desde un número mal puesto o que no aparezca bien consignado su nombre, y hasta porque su documento aparezca de forma diferente.
Por otra parte, recordó que tienen permitido no votar aquellos mayores a 70 años y “cualquier persona que pueda acreditar que se vio imposibilitado concurrir al acto eleccionario”. En esta categoría se incluyen tanto a quienes se encuentren enfermos y puedan certificarlos mediante una entidad pública o aquello que se encuentren a más de 500km de su domicilio y puedan certificarlo con la policía.