Los vuelos regulares volverían en los próximos días
Este lunes se conoció el decreto N° 792/2020 el cual establece las nuevas medidas que regirán en el país, en el marco del aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio, según cada jurisdicción. Las mismas se mantendrán hasta el 25 de octubre próximo.
En el escrito, publicado en el Boletín Oficial, en su artículo 8, apartado 5 y 6, determina que quedan prohibidos el «servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados por el artículo 22 del presente; y el turismo.
Así, en el artículo N° 22, se indica que podrán circular y movilizarse en transporte aquellos trabajadores esenciales, o personas que deban realizar tratamiento médico.
«(…) se establece que el uso del servicio de transporte público de pasajeros interurbano e interjurisdiccional autorizado a circular quedará reservado para las personas que deban desplazarse para realizar las actividades contempladas en el artículo 11 del presente decreto, así como para las personas que deban asistir a la realización de tratamientos médicos y sus acompañantes», menciona el documento.
«El Jefe de Gabinete de Ministros, en su carácter de Coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”, queda facultado para ampliar o reducir la autorización prevista en el presente artículo, previa intervención del Ministerio de Transporte de la Nación, debiendo contar con los protocolos respectivos aprobados por la autoridad sanitaria nacional», agrega.
Además, remarca que «los gobernadores y las gobernadoras de provincias, en atención a la situación epidemiológica, podrán ampliar la autorización para el uso del transporte público interurbano de pasajeros a otras actividades que no estén contempladas en el artículo 11, exclusivamente en los lugares de la jurisdicción a su cargo que se encuentren alcanzados por el artículo 2° y concordantes del presente decreto».