Con el proyecto de ley aprobado, el tributo alcanzará a los empleados solteros sin hijos si su remuneración bruta mensual supera los $ 1.744.174,99 y un casado con hijos, desde los $ 2.231.452,23 brutos.
La nueva versión de la
Ley Bases, obtuvo dictamen favorable y
será debatida en la Cámara de Diputados este lunes. Entre las modificaciones más destacadas se encuentra la referida al
Impuesto a las Ganancias, particularmente en lo que respecta a los
trabajadores en relación de dependencia.
Aunque el Gobierno aspiraba a lograr la actualización anual del Impuesto a las Ganancias, ha aceptado una alternativa propuesta por la parte dialoguista de la oposición. Esta alternativa implica que
los pisos mínimos no imponibles sufrirán modificaciones trimestrales en 2024 y semestrales en 2025.
Si el proyecto es aprobado, se incrementará el piso a partir de la nueva base imponible máxima, establecida el martes por la ANSES. A partir del mes de mayo, la Administración Nacional de la Seguridad Social aumentará los pisos de Ganancias.
Con esta medida se ajustarán de manera más frecuente y acorde a la evolución de la economía. Sin embargo, se espera un intenso debate en el recinto parlamentario.
QUIENES PAGARÁN:
Un
empleado soltero sin hijos comenzará a pagar Ganancias
desde los $ 1.800.000 brutos mensuales, y
uno casado con hijos, desde los $ 2.300.000 en bruto. Vale destacar que los pagos de aguinaldos no estarán dentro de la consideración para entrar al piso.
En tanto,
un asalariado con un ingreso de $ 2.400.000 millones (bruto), pagará $ 74.582 en caso de ser soltero
; $ 19.111 si es soltero y tiene dos hijos a cargo; o $ 4.999 si está casado y tiene dos hijos.
Por otra parte, en caso de contar con una remuneración bruta de $ 3.200.000 que no tenga deducciones ni por cónyuge ni por hijos, ni tampoco por gastos como alquiler o servicio doméstico, pagaría un impuesto a las Ganancias mensual de $ 247.564,83. El impuesto sería de $ 189.796 si es soltero con dos hijos a cargo o de $ 133.99, si es casado y con dos hijos.
LAS CLAVES DEL PROYECTO DE GANANCIAS:
Salarios: El nuevo capítulo fiscal dicta que los empleados solteros sin hijos estarán alcanzados por Ganancias si su remuneración bruta mensual supera los $ 1.744.174,99 y un casado con hijos, desde los $ 2.231.452,23 en bruto.
Mecanismo de actualización: El proyecto establece que las deducciones personales y las escalas del impuesto se ajustarán una vez al año por inflación a partir del período fiscal 2025.
Deducciones personales: Se incrementan las deducciones personales entre un 183,75% y un 186,65%, excepto a determinados jubilados. Además, se incorpora una deducción especial para que el aguinaldo esté exento del pago del gravamen.
Escalas: El Gobierno propone actualizar los tramos de las escalas en línea con la variación de precios. Aquellas que se encuentren entre el 5% y 15% se incrementarán en un porcentaje menor a la inflación registrada durante primer trimestre de 2024. En cambio, las más altas tendrán una actualización mayor.
Eliminación de exenciones: Se eliminan exenciones para el aguinaldo. La diferencia del valor de las horas extras y el de horas ordinarias por los servicios prestados en días feriados e inhábiles para determinados suplementos correspondientes al personal militar y para guardias obligatorias y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud.
Eliminación de deducciones: De acuerdo el nuevo texto, se deroga el incremento del 22% de las deducciones personales para los empleados y jubilados que residen en la zona patagónica. Se eliminan las deducciones a los gastos de movilidad, viáticos por material didáctico que se paga a docentes.
Solución a las deudas: El proyecto de ley contempla aprobar la escala del impuesto para 2023 actualizada y ratificar las medidas tomadas por el gobierno anterior a través del Decreto 473/2023 y normas vinculadas, con el objetivo de resolver las deudas que se habían generado por la diferencia entre las medidas que el gobierno anterior tomó por decreto y las nuevas escalas.
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