En una sentencia considerada histórica en el Chaco en el juicio por la complicidad judicial durante la dictadura, el ex Fiscal Federal Roberto Mazzoni fue condenado a 11 aƱos por los delitos de tormentos psicológicos, omisión de denunciar e incumplimiento de los deberes. Y Pablo CĆ©sar Casco, jefe de guardia del Servicio Penitenciario Federal de la CĆ”rcel U7, a 11 aƱos por tormentos a detenidos por razones polĆticas.
En una lectura que a lo largo de la jornada de este martes, se pospuso tres veces ā primero la pasaron a las 13, luego a las 16,30 y tambiĆ©n a las 18,30 con el contundente rechazo de organismos de Derechos Humanos ā pasadas las 21 horas se conoció lo resuelto por el tribunal que integraron los jueces Juan Manuel Iglesias (presidente), la jueza Selva AngĆ©lica Spessot (de la CĆ”mara Federal de Apelaciones de Corrientes) y el juez Eduardo Ariel Belforte, del Tribunal Oral de Formosa.
De todas las pruebas producidas durante el juicio, tanto testimonios como diversas documentales, especialmente los expedientes de la Ć©poca , quedó claramente demostrado que el ex Fiscal Mazzoni tomó conocimiento de modo directo de las torturas sufridas por ex detenidos polĆticos y, teniendo la obligación funcional de hacerlo, omitió investigar dichos delitos .
En todos los casos, el funcionario judicial tenĆa la información suficiente para poder identificar a los autores de dichas torturas producidas contra detenidos a su cargo en la Brigada de Investigaciones. āEllo en un claro accionar sistemĆ”tico de encubrimiento de los polĆcias represores y su accionar de obtener declaraciones bajo torturas, y en un claro incumplimiento de sus deberes de funcionario pĆŗblicoā, seƱalaron desde la querella.
Lo mismo quedó demostrado en el accionar del ex juez Federal Córdoba y el ex Fiscal Federal, Flores Leyes ā ambos fallecidos ā ālo que denotaba un funcionamiento corporativo y funcional al terrorismo de estado de estos funcionarios judiciales federalesā.
Se pobró durante el juicio con el testimonio contundente de ex detenidos polĆticos de la CĆ”rcel U7, que la Guardia a cargo del Oficial Casco era denominada la āguardia duraā y Ć©l en persona dirigĆa las requisas ā incluso con participación del EjĆ©rcito ā donde se sacó a los detenidos los calentadores, libros, radios, papel y lĆ”piz. Casco aplicó la orden de la suspensión de la correspondencia y las visitas familiares en 1976.
AdemĆ”s ordenaba castigos sistemĆ”ticos con cualquier pretexto, sometiĆ©ndose al enclaustramiento de detenidos en celdas de castigo por 30 dĆas, desnudos, sin colchón, con media ración de comida y obligĆ”ndolos a baƱarse con agua frĆa en pleno invierno. AdemĆ”s dirigió personalmente golpizas sistemĆ”ticas a los detenidos durante los traslados utilizando tonfas, golpes de puƱo y patadas.
āEl RĆ©gimen del Servicio Penitenciario tenĆa el objetivo de quebrar moralmente y fĆsicamente a los detenidos y Casco fue el encargado de instrumentar las acciones en ese sentidoā, reza el fallo.
Fuente: Chaco Dia por Dia.









