Las embarcaciones que naveguen en aguas protegidas, en jurisdicción de esta Autoridad Marítima, llevarán en forma OBLIGATORIA el material de equipamiento que establece la Ordenanza 01/18 DPSN,la cual empezó a regir a partir del 25de mayo del corriente año, acorde lo publicado en el Boletín Oficial de la Nación de fecha 24/05/2018, teniendo en cuenta el tipo de embarcación y zona de navegación que se realice.Toda persona podrá visualizar dicha Reglamentaciónen la página web de Prefectura Naval Argentina, orejetas “Ordenanzas”, “Tomo 4: Régimen de las Actividades Náuticos Deportivas”,accediendo al link:
https://cargasitiow.prefecturanaval.gob.ar/webpna/documentos/ordenanzas/ordn_pdf/4-2018-1.pdf.
Cabe recordar, que los ELEMENTOS DE SEGURIDAD en las embarcaciones deportivas (motor o vela), deberán encontrarse a bordo en el momento de navegación, a efectos de salvaguardar la vida de sus integrantes, siendo exigibles durante los controles habituales de esta Autoridad Marítima. Al tenor de lo expuesto y teniendo en cuenta la proximidad de la temporada estival,época en que la comunidad se vuelca mayoritariamente al río, se informa que la Prefectura Naval Argentina lleva a cabo periódicamente controles náuticos deportivos, verificando el cumplimiento de la normativa vigente yprocediendo, además de labrar las actas contravencionales correspondientes en caso de incumplimiento, a incautar aquellasembarcaciones que no cuenten con la documentación correspondiente (certificado de matrícula o documentación que avale titularidad de la embarcación y/o motor).
Asimismo se recomienda a los navegantes algunas MEDIDAS DE SEGURIDAD a tener en cuenta, antes y durante la navegación:
- Previo a iniciar una navegación registre su salida en la guardería, club náutico o avisealgún conocido hacia qué lugar van y cuándo vuelven de navegar, trate de no estar incomunicado por cualquier inconveniente.
- Efectúe un adecuado mantenimiento de la embarcación y, antes de zarpar, verifique la cantidad de combustible disponible para navegar.
- Revise el pronóstico meteorológico y el estado del río. No salga a navegar bajo alerta meteorológica.Preferentemente no navegue de noche y evite hacerlo con escasa visibilidad.
- Navegue lo más cercano a la costa que sea posible y lo más alejado del canal apto para embarcaciones de mayor calado.Respete las velocidades de maniobras y evite el exceso de velocidad en zonas de riesgo para bañistas, navegantes o embarcaciones amarradas.
- Respete la capacidad máxima de carga de la embarcación, tanto en peso como en personas y utilice chaleco salvavidas en todo tipo de embarcación.El uso del chaleco salvavidas para menores de edad es obligatorio.
- Tenga en cuenta que los elementos de seguridad fueron establecidos a través de la experiencia mundial y en algunassituaciones hasta aquel elemento considerado como el más elemental y/o superfluo, puede llegar a salvar vidas o evitar riesgos.
- En caso de emergencia náutica comuníquese telefónicamente al número 106, o por medio de radiotelefonía,al canal 16.
ELEMENTOS DE SEGURIDAD PARA EMBARCACIONES DEPORTIVAS
(MOTOR O VELA) ACORDE ORDENANZA 01/18 DPSN
INSTRUMENTAL NÁUTICO
- Sonda de mano o ecoica.
- Cizalla o pinza corta cables (obligatorio solo embarcaciones a vela)
- Compás magnético de navegación (obligatorio solo embarcaciones a vela)
INSTRUMENTAL NAUTICO ELECTRÓNICO
- Equipo de Transmisión y Recepción VHF (Podrá ser reemplazado por un equipo del tipo portátil (HT). En zona de navegación costera restringida y aguas protegidas podrá ser remplazado por móvil de telefonía celular con GPS.
PUBLICACIONES:
- Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes en el Mar (R.I.P.A.)
- Tabla de Señales de auxilio.
ELEMENTOS DE AMARRE Y FONDEO:
- Ancla-cadena-cabos y cables. (Acorde las medidas y tipo de embarcación)
- Bichero/Pala (Podrá ser reemplazado por una “pala bichero”, en cuyo caso cumple los dos requisitos)
ELEMENTOS DE SEÑALIZACION:
- (En embarcaciones de eslora menor o igual a doce metros (12 m), podrá ser reemplazada por una campana de mano).
- Linterna de mano estanca.
- Luces de navegación y fondeo. (Acorde al R.I.P.A)
- Bocina o silbato mecánico.
ELEMENTOS DE SALVAMENTO:
- Chaleco salvavidas.
- Dos Bengalas de mano rojas.
- Un Salvavidas/Aro circular c/guirnalda-cabo flotante 27,5 m. (Exigible únicamente para embarcaciones con cabina)
- Un Botiquín de primeros auxilios básico. (Equipado con: Jabón neutro (blanco); alcohol en gel; termómetro; guantes descartables de látex; gasas y vendas; antisépticos, tijera; cinta adhesiva. Podrá sumar otros elementos complementarios como: antiparras; máscara de reanimación cardiopulmonar con válvula unidireccional; alcohol al 70%; linterna; solución salina normal; pinza larga sin dientes; anotador y lapicera; pañuelos grandes para vendaje de miembros, acorde recomendaciones el Ministerio de Salud de la Nación)
- Un espejo de mano para señales.
LUCHA CONTRA INCENDIO:
- Un hacha de incendio. (Obligatorio en embarcaciones con cabina cerrada y/o con portas de acceso a espacios confinados)
- Extintores tipo triclase. (Acorde las medidas y tipo de embarcación)
LUCHA CONTRA INUNDACIÓN:
- Achicador manual.
Asimismo se recuerda, que todo dispositivo o medio de salvamento a bordo y/o instalado en embarcaciones deportivas, deberá ser del tipo aprobado ante la Prefectura Naval Argentina.
- Los chalecos salvavidas serán en cantidad igual o superior a las personas que se encuentren a bordo, el uso de los mismos será responsabilidad exclusiva de la persona a cargo de la embarcación. En el caso de menores de edad a bordo, los chalecos deberán ser de la talla correspondiente y su uso es obligatorio.
- Los extintores de incendio deberán ser de diseño y modelo tal que cumplan con el sistema de normas nacionales e internacionales establecidos por IRAM – ISO, aptos para combatir principios de incendio del tipo sólidos, líquidos inflamables, eléctricos, lubricantes, grasas y demás elementos a fin de la extinción del fuego en resguardo de la vida de las personas y materiales (los mismos debes ser cargados y recorridos en forma anual).









