Sociedad

La Prefectura de Barranqueras recuerda las “condiciones de seguridad para navegar en aguas protegidas”

Las embarcaciones que naveguen en aguas protegidas, en jurisdicción de esta Autoridad Marítima, llevarán en forma OBLIGATORIA el material de equipamiento que establece la Ordenanza 01/18 DPSN,la cual empezó a regir a partir del 25de mayo del corriente año, acorde lo publicado en el Boletín Oficial de la Nación de fecha 24/05/2018, teniendo en cuenta el tipo de embarcación y zona de navegación que se realice.Toda persona podrá visualizar dicha Reglamentaciónen la página web de Prefectura Naval Argentina, orejetas “Ordenanzas”, “Tomo 4: Régimen de las Actividades Náuticos Deportivas”,accediendo al  link:

https://cargasitiow.prefecturanaval.gob.ar/webpna/documentos/ordenanzas/ordn_pdf/4-2018-1.pdf.

Cabe recordar, que los ELEMENTOS DE SEGURIDAD en las embarcaciones deportivas (motor o vela), deberán encontrarse a bordo en el momento de navegación, a efectos de salvaguardar la vida de sus integrantes, siendo exigibles durante los controles habituales de esta Autoridad Marítima. Al tenor de lo expuesto y teniendo en cuenta la proximidad de la temporada estival,época en que la comunidad se vuelca mayoritariamente al río, se informa que la Prefectura Naval Argentina lleva a cabo periódicamente controles náuticos deportivos, verificando el cumplimiento de la normativa vigente yprocediendo, además de labrar las actas contravencionales correspondientes en caso de incumplimiento, a incautar aquellasembarcaciones que no cuenten con la documentación correspondiente (certificado de matrícula o documentación que avale titularidad de la embarcación y/o motor).

Asimismo se recomienda a los navegantes algunas MEDIDAS DE SEGURIDAD a tener en cuenta, antes y durante la navegación:

  • Previo a iniciar una navegación registre su salida en la guardería, club náutico o avisealgún conocido hacia qué lugar van y cuándo vuelven de navegar, trate de no estar incomunicado por cualquier inconveniente.
  • Efectúe un adecuado mantenimiento de la embarcación y, antes de zarpar, verifique la cantidad de combustible disponible para navegar.
  • Revise el pronóstico meteorológico y el estado del río. No salga a navegar bajo alerta meteorológica.Preferentemente no navegue de noche y evite hacerlo con escasa visibilidad.
  • Navegue lo más cercano a la costa que sea posible y lo más alejado del canal apto para embarcaciones de mayor calado.Respete las velocidades de maniobras y evite el exceso de velocidad en zonas de riesgo para bañistas, navegantes o embarcaciones amarradas.
  • Respete la capacidad máxima de carga de la embarcación, tanto en peso como en personas y utilice chaleco salvavidas en todo tipo de embarcación.El uso del chaleco salvavidas para menores de edad es obligatorio.
  • Tenga en cuenta que los elementos de seguridad fueron establecidos a través de la experiencia mundial y en algunassituaciones hasta aquel elemento considerado como el más elemental y/o superfluo, puede llegar a salvar vidas o evitar riesgos.
  • En caso de emergencia náutica comuníquese telefónicamente al número 106, o por medio de radiotelefonía,al canal 16.

 

ELEMENTOS DE SEGURIDAD PARA EMBARCACIONES DEPORTIVAS

(MOTOR O VELA) ACORDE ORDENANZA 01/18 DPSN

INSTRUMENTAL NÁUTICO

  • Sonda de mano o ecoica.
  • Cizalla o pinza corta cables (obligatorio solo embarcaciones a vela)
  • Compás magnético de navegación (obligatorio solo embarcaciones a vela)

INSTRUMENTAL NAUTICO ELECTRÓNICO

  • Equipo de Transmisión y Recepción VHF (Podrá ser reemplazado por un equipo del tipo portátil (HT). En zona de navegación costera restringida y aguas protegidas podrá ser remplazado por móvil de telefonía celular con GPS.

PUBLICACIONES:

  • Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes en el Mar (R.I.P.A.)
  • Tabla de Señales de auxilio.

ELEMENTOS DE AMARRE Y FONDEO:

  • Ancla-cadena-cabos y cables. (Acorde las medidas y tipo de embarcación)
  • Bichero/Pala (Podrá ser reemplazado por una “pala bichero”, en cuyo caso cumple los dos requisitos)

ELEMENTOS DE SEÑALIZACION:

  • (En embarcaciones de eslora menor o igual a doce metros (12 m), podrá ser reemplazada por una campana de mano).
  • Linterna de mano estanca.
  • Luces de navegación y fondeo. (Acorde al R.I.P.A)
  • Bocina o silbato mecánico.

ELEMENTOS DE SALVAMENTO:

  • Chaleco salvavidas.
  • Dos Bengalas de mano rojas.
  • Un Salvavidas/Aro circular c/guirnalda-cabo flotante 27,5 m. (Exigible únicamente para embarcaciones con cabina)
  • Un Botiquín de primeros auxilios básico. (Equipado con: Jabón neutro (blanco); alcohol en gel; termómetro; guantes descartables de látex; gasas y vendas; antisépticos, tijera; cinta adhesiva. Podrá sumar otros elementos complementarios como: antiparras; máscara de reanimación cardiopulmonar con válvula unidireccional; alcohol al 70%; linterna; solución salina normal; pinza larga sin dientes; anotador y lapicera; pañuelos grandes para vendaje de miembros, acorde recomendaciones el Ministerio de Salud de la Nación)
  • Un espejo de mano para señales.

LUCHA CONTRA INCENDIO:

  • Un hacha de incendio. (Obligatorio en embarcaciones con cabina cerrada y/o con portas de acceso a espacios confinados)
  • Extintores tipo triclase. (Acorde las medidas y tipo de embarcación)

LUCHA CONTRA INUNDACIÓN:

  • Achicador manual.

Asimismo se recuerda, que todo dispositivo o medio de salvamento a bordo y/o instalado en embarcaciones deportivas, deberá ser del tipo aprobado ante la Prefectura Naval Argentina.

  • Los chalecos salvavidas serán en cantidad igual o superior a las personas que se encuentren a bordo, el uso de los mismos será responsabilidad exclusiva de la persona a cargo de la embarcación. En el caso de menores de edad a bordo, los chalecos deberán ser de la talla correspondiente y su uso es obligatorio.
  • Los extintores de incendio deberán ser de diseño y modelo tal que cumplan con el sistema de normas nacionales e internacionales establecidos por IRAM – ISO, aptos para combatir principios de incendio del tipo sólidos, líquidos inflamables, eléctricos, lubricantes, grasas y demás elementos a fin de la extinción del fuego en resguardo de la vida de las personas y materiales (los mismos debes ser cargados y recorridos en forma anual).

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