La Corte Suprema requirió hoy al Gobierno de Formosa que en el plazo de tres dĆas informe la cantidad precisa de personas que ingresaron a la provincia desde la puesta en vigencia de las restricciones a la circulación que las autoridades de ese distrito implementaron como consecuencia de la pandemia de coronavirus.
El pedido se origina en una acción de amparo colectivo, presentada por los abogados de ciudadanos afectados por estas restricciones que, segĆŗn argumentaron en la denuncia, tienen caracterĆsticas Ā«arbitrariasĀ» y Ā«discrecionalesĀ».
Por su parte, el ministro de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo de Formosa, Jorge GonzÔlez, desmintió que la provincia haya cerrado sus fronteras sino que «hay medidas sanitarias que deben ser respetadas» y respondió los cuestionamientos mediÔticos hacia el sistema de controles implementados para controlar la pandemia de coronavirus: «Son funcionales a la derecha», dijo a Télam el último fin de semana.
En una larga entrevista, el funcionario señaló que esa provincia «tiene un sistema de salud consolidado» para hacer frente al coronavirus y ademÔs reconoció que el gobierno nacional «ha tenido una actitud presente y activa con Formosa», que solo registró 167 casos de coronavirus desde marzo y ningún muerto: «Esto es algo que hoy en la Argentina no lo puede mostrar nadie y se debe a las medidas sanitarias estrictas que tomamos y que nos permiten a los formoseños tener una vida prÔcticamente normal».
Con todo, la denuncia presentada contra la provincia menciona el caso de 26 personas que quedaron varadas por mĆ”s de 30 dĆas a la vera de la ruta, en la localidad de Puerto Eva Perón, Chaco, a la espera de una respuesta por parte de la provincia de Formosa.
TambiĆ©n invocaron los denunciantes el caso de Jorge Ledesma quien, pese a tener el permiso habilitante, no pudo ingresar a territorio formoseƱo y estuvo mĆ”s de 20 dĆas a la vera de la Ruta Nacional 11.
La resolución de la Corte mencionó que, a raĆz de estos episodios, se presentaron habeas corpus en la justicia federal con jurisdicción en la provincia, que finalmente definió que el Gobierno provincial debĆa hacer pĆŗblicos los criterios de circulación, cosa que, segĆŗn los denunciantes, no ocurrió.
Para los abogados patrocinantes, Carlos Lee yĀ FabrizioĀ VillaggiĀ Nicorala, las restricciones de ingreso al territorio formoseƱo Ā«afectan los derechos protegidos por el artĆculo 14 bis de la Constitución NacionalĀ» y Ā«constituyen una decisión arbitraria y discrecional, puesto que existen mecanismos de prevención como hisopados, aislamiento e internación, para evitar la propagación del virusĀ».
Para determinar si realmente existe la afectación de esos derechos constitucionales, la Corte solicitó el detalle de los ingresos y egresos y los criterios sostenidos por la provincia para concederlos o rechazarlos, y con esos elementos emitir una decisión.
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Fuente:
TƩlam









