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Inicio de clases: advierten sobre los peligros y la edad mínima de niños y niñas como acompañantes en motos

Ante el próximo inicio de clases, organismos y entidades dedicadas a la seguridad vial advirtieron sobre la «peligrosidad» de llevar niños en motos ó motocicletas, y señalaron la necesidad de respetar la edad mínima de acuerdo a cada distrito, utilizar siempre el casco y trasladar a los menores atrás del conducto y bien apoyados en los pedalines. La Ley 949-T (régimen de Tránsito y Seguridad Vial de la provincia del Chaco), no establece edad mínima para el acompañante pero determina que deben ser dos ocupantes por motovehículo. Esto rige para las rutas o jurisdicción provincial, ya que cada municipio puede determinar o establecer otros requisitos. Sin embargo, se aclara que el conductor debe poseer el carné habilitante para hacerlo.

La Ciudad de Buenos Aires dispuso que solo pueden viajar como acompañantes jóvenes de 16 años en adelante, en Córdoba, ese límite baja a 10 años para rutas y 6 para ciudad, en la ciudad de Paraná, a 8; Rosario, a tan solo 6 años; en tanto que la provincia de Buenos Aires no cuenta con legislación general y deja que cada municipio tenga su propia norma. La ley argentina sólo indica que todos los acompañantes tienen que viajar atrás del conductor y con un casco «apropiado» colocado, indicaron voceros de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

En tanto, el Manual del Conductor elaborado por el municipio de Resistencia adhiere a los requisitos para circular La Ley Nacional Nº 24.449. Así, establece que “tratándose de una motocicleta, sus ocupantes lleven puestos cascos normalizados, y si la misma no tiene parabrisas, su conductor use anteojos”. A su vez, prohíbe a los menores de 18 años conducir ciclomotores en zonas céntricas, de gran concentración de vehículos o vías rápidas; como así también conducir utilizando auriculares y sistemas de comunicación de operación manual continua.

Las recomendaciones
En coincidencia con las recomendaciones internacionales, la ANSV sugiere no transportar en moto a niños menores de 12 años, debido a los riesgos que se exponen por posibles caídas durante la circulación. Entre las recomendaciones se indica que el menor debe viajar siempre detrás del conductor, sus pies tienen que quedar bien apoyados en los pedalines, no debe llevar una mochila o bolso colgando, ya que puede afectar su estabilidad y el descenso del menor debe realizarse por el lado de la acera.

Al igual que el conductor, el acompañante menor está obligado a viajar con el casco puesto, que deberá ser de un tamaño adecuado para su edad.

En este contexto, el Observatorio de Seguridad Vial Cecaitra -la Cámara que nuclea a empresas productoras de software vial-, realizó un sondeo telefónico en la ciudad de Buenos Aires (CABA) y el Gran Buenos Aires para saber el grado de conocimiento que se tiene sobre cómo deben trasladarse en motocicletas a menores y advirtieron que «los datos muestran la dificultad que existe respecto del conocimiento certero con relación a la norma».

na de las preguntas del sondeo, que se realizó a más de mil hogares, indagó respecto a la normativa vigente y sobre si está permitido que los menores de edad viajen como acompañantes en motos. El 43,6% respondió que no pueden viajar; el 39,5% que solo pueden hacerlo los mayores de 12 años; el 9,5% que pueden hacerlo; y el 7,4% no contestó.

«Los datos muestran la dificultad que existe respecto del conocimiento certero con relación a la norma, ya que la ley nacional nada indica al respecto, pero existen recomendaciones, como la de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), aconsejando que sean mayores de 12 años, y legislaciones específicas en algunos distritos, como la CABA, en donde la edad mínima del acompañante es de 16 años», sostuvo el vocero del Observatorio Vial de Cetraica, Facundo Jaime.

Respecto al lugar de la moto en donde deberían viajar los menores, el 43,6% indicó que detrás del conductor; el 25,7% que es lo mismo mientras utilice casco; el 13,9% delante del conductor; y el 16,8% no contestó. La Ley Nacional de Tránsito Nº24.449 establece que «las motocicletas de dos ruedas no deben transportar más de un acompañante, el cual debe ubicarse siempre detrás del conductor». Además, considera «faltas graves la conducción de vehículos transportando un número de ocupantes superior a la capacidad para la cual fue construido el vehículo y la conducción de motocicletas sin que alguno de sus ocupantes utilice correctamente colocado y sujetado el casco reglamentario».

En ese sentido, no especifica sobre la edad de los acompañantes, pero sí sobre el lugar que deben ocupar. Sobre el traslado de los menores en moto, una amplia mayoría (63,6%) opinó que significa poner en peligro a los menores por la falta de respeto a las normas de tránsito; un 14,8% que es una costumbre necesaria para poder trasladarse con facilidad; y el 13,8% que es tan peligroso como trasladarlos en un automóvil. «Evidentemente existe conciencia respecto de la peligrosidad, aunque a la luz de los datos previos, va acompañado de un gran desconocimiento sobre la situación legal», agregó Jaime.

Con fuente Télam

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