El presidente de la CĆ”mara Copal, Daniel Funes de Rioja, adelantó a BAE Negocios que se rechazarĆ” – por vĆa administrativa o en el Poder Judicial – el Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas. Mientras el Gobierno nacional busca evitar engaƱos en las góndolas, el empresario considera que ya existe ese control en otros organismos.
En una nueva escalada de tensión que ya se encuentra muy alta, la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal) presentarĆ” un recurso administrativo o judicial para que se suspenda el Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas (Sifire), lanzado por la SecretarĆa de Comercio Interior el pasado 31 de marzo.
AsĆ lo anticipó a BAE Negocios el presidente de Copal, Daniel Funes de Rioja, quien expresó: āEl sistema de control sobre las etiquetas va a ser cuestionado por recurso administrativo o judicial. Es algo que estĆ”n definiendo nuestros equipos tĆ©cnicosā.
A juicio de Funes de Rioja, āel Sifire es un control polĆtico de la SecretarĆa de Comercio, que darĆ” una autorización previa, cuando ya existen controles tĆ©cnicos de organismos nacionales como el Anmat (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologĆa MĆ©dica) o el INAL (Instituto Nacional de Alimentos)ā.
āEstamos en presencia de una decisión que obliga a las empresas a informar los gramos al Ministerio de Desarrollo Productivo, para saber si los empresarios estĆ”n engaƱando a los consumidores, por eso creemos en el carĆ”cter polĆtico de la medida y la cuestionamosā, amplió.
Enfrentamiento fuerte
El anticipo de la decisión de Copal se vislumbraba en el comunicado emitido ayer. āSe advierte sobre las implicancias y los fundamentos para exigir la derogación de la Resolución 283/21 que da lugar al Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas (SIFIRE), colisionando con marcos normativos preexistentes y con competencias de las autoridades sanitarias correspondientes, sumĆ”ndose al extenso listado de trĆ”mites del sectorā.
āEn el marco de una emergencia sin precedentes se definen reglas de juego que van mĆ”s allĆ” de la misma, lejos de reconocer la situación crĆtica que atraviesan los sectores. MĆ”s burocracia, mĆ”s carga tributaria y desincentivos a la creación de empleo e inversiones, no hacen mĆ”s que alterar el normal desenvolvimiento de las actividades económicas e incentivar la informalidadā, afirma Funes de Rioja en el comunicado conocido.
La SecretarĆa de Comercio Interior de la Nación dispuso la creación del SIFIRE con el objetivo de prevenir engaƱos en la veracidad de la información que contienen los rótulos o etiquetas, y garantizar la transparencia y competencia leal entre los distintos bienes disponibles en las góndolas.
SegĆŗn la resolución 283/2021 publicada en el BoletĆn Oficial, el mecanismo de control estarĆ” a cargo de la SubsecretarĆa de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores y se aplicarĆ” para los productos de los rubros de alimentos, bebidas, perfumerĆa, aseo, cuidado personal y limpieza domĆ©stica aptos para el consumo. El sistema de carĆ”cter obligatorio, revisa que todos los bienes de las categorĆas alcanzadas deben pasar por el proceso de fiscalización antes de su comercialización dentro de todo el territorio nacional.
Cuidar al consumidor
El SIFIRE es una medida estructural que protege a los consumidores y apunta a reducir el error o confusión que muchas veces generan las nuevas presentaciones de productos que difieren nula o mĆnimamente de otros ya comercializados especialmente en aquellos rubros de carĆ”cter esencial, habitual y del Ć”mbito domĆ©stico y familiar, es la explicación que emana de los despachos oficiales y del propio BoletĆn.
Al examinar los rótulos y etiquetas de los productos se evitan ventajas comerciales por incumplimientos al rĆ©gimen legal aplicable, se impide la existencia de vacĆos informativos y la inclusión de mensajes con expresiones ambiguas o incompletas que induzcan a una decisión de compra equivocada, expresa el Gobierno.
Para obtener la aprobación, las empresas obligadas deberĆ”n sumar, a travĆ©s del TrĆ”mite A Distancia (TAD), documentación especĆfica de sus productos como grĆ”fico a colores del rótulo y etiqueta para cada una de sus presentaciones; datos del importador/fabricante; marca o modelo, artĆculo o nombre del producto, paĆs de origen, descripción y composición de los productos fabricados o importados; información completa de sus componentes, materias primas, aditivos, mĆ©todos de elaboración y fraccionamiento o envasado; propiedades y prescripciones o indicaciones para consumo.








