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Gustavo impulsa un plan de ordenamiento del personal municipal con el límite de ingreso y la implementación de un sistema de retiros voluntarios

Buscando consolidar una administración ordenada y austera, Gustavo presentó dos proyectos de ordenanza que tienen como objetivo la optimización de los recursos humanos del Municipio de Resistencia: por un lado, propiciar la modificación del artículo 179 de la Carta Orgánica municipal con el fin de estabilizar y limitar la cantidad de agentes comunales de planta permanente.

Por otro lado, el Intendente dio a conocer la iniciativa presentada al Concejo para establecer un Régimen de Retiros Móviles y Voluntarios, a la que trabajadores podrán acogerse hasta el 31 de diciembre.

PRESENTE CON SITUACIÓN FISCAL SÓLIDA

El Intendente resaltó que, en base a la organización de las finanzas en el cumplimiento de las obligaciones salariales, en la actualidad el Municipio destina solamente el 69% de los ingresos de coparticipación al pago de haberes de su personal, mientras que el resto de esos fondos y lo recaudado por tributos comunales se destinan a obras y servicios, “eso porque ha existido un ordenamiento interno que era necesario para el trabajador que siempre se ha puesto la camiseta”.

Por ello, sostuvo que los dos proyectos legislativos presentados apuntan a solucionar “un problema de la ciudad de Resistencia, que es el del factor salarial que siempre tuvo alto impacto en el presupuesto municipal, porque en los últimos 25 años se dieron ingresos masivos de personal a la estructura municipal sin tener una previsión que refleje las necesidades técnicas profesionales”.

Pero el Jefe comunal aseveró que “hoy la ciudad de Resistencia tiene una situación fiscal sólida y lleva a cabo obras importantes con proceso inflacionario fuerte y no tenemos ninguna obra con demora, todo financiado con fondos propios”.

INCORPORACIÓN DE PERSONAL UNA VEZ CADA 10 AÑOS

El proyecto de ordenanza que consiste en promover –mediante primera lectura por parte del Concejo y posterior audiencia pública- la enmienda del artículo 179 de la Carta Orgánica, promueve medidas de estabilidad laboral, agrega la prohibición de relaciones laborales de carácter precario con el Municipio, y propone que Resistencia no supere en 5100 la cantidad de agentes de planta permanente y no permanente (contratados de servicio) y contratados de gabinete, con el detalle de que ese número podrá ser modificado recién en un plazo de 10 años.

“Tenemos que poner un límite”, exclamó el mandatario local considerando que “es muy importante que se lleve adelante, porque muchos trabajadores tendrían que ganar mejor, pero si no ordenamos esta situación, cada gestión que pase el trabajador ganará cada vez menos”.

Así, consideró que la cantidad actual total de agentes municipales es la óptima para los servicios que se brindan. En ese marco, sostuvo: “Si pudimos hacer todas estas obras con recursos propios es porque primero trabajamos en ordenar la casa y este proyecto significa un límite para nosotros y para todas las gestiones que vienen”.

Además, dio a conocer que un trabajador jornalizado “no tenía beneficios y, por ese motivo, mucha gente sufrió humillaciones”. “Hoy no existe más el jornalizado ni el contrato de obra. No existe ningún tipo de precarización laboral y todos son contratados de servicios. Solo existen tres clases de personal: planta, contratado de servicio y contratado de gabinete, y pretendemos que sean las únicas en adelante. En esta propuesta prohibimos cualquier otra dependencia precaria, porque cada gestión llenaba de PAM y contratados, dejando el problema para el intendente que venía”.

Además, Gustavo informó que en noviembre de 1999 eran 2840 los trabajadores de planta permanente, 29 los contratados y 738 los jornalizados; que en 2003 la masa salarial era de 2167 de planta, 32 contratados y 827 jornalizados; que en 2015 era de 3916 de agentes de planta más 29 contratados y 1599 jornalizados; y que en 2019 la masa de trabajadores de planta llegó a 5102, con 118 contratados, 38 jornalizados y 75 contratados de obra.

A modo de contraste, afirmó que, actualmente, la masa salarial municipal es de 4627 agentes de planta con 298 contratados de servicio.

RETIRO VOLUNTARIO

En cuanto al otro proyecto de ordenanza presentado, Gustavo mencionó que el Régimen de Retiros Móviles y Voluntarios contempla a todo aquel agente de planta permanente del Ejecutivo, Legislativo y la Caja Municipal que a la eventual fecha de vigencia de la ordenanza acredite un mínimo de 15 años de aportes reales y efectivos a la obra social InSSSeP. Consistirá en el pago mensual de una asignación mensual de una asignación personal para el titular del beneficio y cesará con su jubilación en el régimen provincial o su fallecimiento (oportunidad en que se otorgará a los causahabientes los derechos que correspondan al Régimen Previsional vigente.

“Queremos estimular más el ordenamiento de la cantidad de trabajadores dentro de la Municipio”, resaltó el Intendente sobre la iniciativa que establece los siguientes puntos a la hora de la liquidación de los haberes cuando el trabajo se haya acogido al retiro voluntario.

Durante el primer mes, el agente percibirá el 100% de la remuneración de todos y cada uno de los conceptos que recibirá ante el acogimiento al retiro. Durante el segundo mes, el agente percibirá el 90% y a partir del tercer mes, se aplicará la siguiente escala a la remuneración comparando años de aporte al InSSSeP con los siguientes porcentajes aplicables sobre el total de sueldo bruto:

-15 y 16 años, 70%.

-17 y 18 años, 71%.

-19 y 20 años, 72%.

-21 y 22 años, 73%.

-23 y 24 años, 74%.

-25 años, 75%.

-26 años, 76%.

-27 años, 77%.

-28 años, 78%.

-29 años, 79%.

-30 años o más, 80%.

Las solicitudes de retiro deberán ser resueltas por las autoridades superiores en el plazo de 60 días corridos a partir de su presentación, por el Departamento Ejecutivo Municipal o por el Presidente del Concejo, según la estructura a cargo a la que pertenezca el agente peticionante. Quedará bajo la esfera de decisión del Departamento Ejecutivo Municipal las provenientes de los Tribunales de Faltas y de la Caja Municipal de Resistencia. Transcurrido dicho plazo se dará por aprobado el pedido, de no ser expresamente desestimado.

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