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Extienden Progresar hasta 30 años: cuáles son los requisitos

El Gobierno creó el Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina (PROGRESAR) con el fin de promover oportunidades de permanencia, egreso, reinserción educativa en todos los niveles y en la formación técnico profesional de jóvenes entre dieciséis (16) y treinta años (30) años de edad inclusive residentes en la Argentina, en el marco de lo establecido por la ley 26.206, de Educación Nacional; la ley 26.058, de Formación Técnico Profesional; y la ley 24.521, de Educación Superior.

Progresar: cuáles son los principios rectores de la ley

a) El cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista por la Ley de Educación Nacional, 26.206; la erradicación del analfabetismo, y el impulso de la educación permanente;

b) El fortalecimiento de las trayectorias educativas de los y las jóvenes en el nivel obligatorio, superior y en la formación profesional;

c) El diseño de políticas públicas educativas para la mejora de la calidad de vida y para el progreso humano, social, educativo, ciudadano y laboral de jóvenes y adultos/as;

d) La democratización del acceso a la educación a lo largo de toda la vida.

Progresar: cuáles son los objetivos

a) Acompañar con acciones concretas la terminalidad educativa de estudiantes en todo el territorio nacional en ámbitos de la educación obligatoria y superior, y de reinserción educativa en los casos que corresponda;

b) Fortalecer el sistema nacional de becas y seguridad social destinado a jóvenes de la Argentina;

c) Ampliar las oportunidades de formación técnico profesional y la inserción laboral de los y las jóvenes; y

d) Brindar herramientas que tengan como fin el acceso igualitario a dispositivos tecnológicos y conectividad de titulares del programa.

Progresar: cuáles son los requisitos para entrar al programa

a) Tener entre dieciséis (16) y treinta (30) años de edad, inclusive;

b) Ser argentina/o nativa/o; naturalizada/o o extranjera/o, con residencia legal de dos (2) años y cinco (5) años en el país y contar con documento nacional de identidad;

c) Acreditar la regularidad en una institución educativa o la asistencia a cursos o centros de formación acreditados por el programa y cumplir con las condiciones de matriculación académicas y de asistencia a una institución educativa que establezca oportunamente el Ministerio de Educación;

d) Los ingresos de la/el joven y de su grupo familiar no deberán ser superiores a tres (3) Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), no se considerarán como ingreso familiar las pensiones no contributivas por discapacidad; y

e) Realizar un control anual de salud.

Progresar: qué derechos deberán tener garantizados los estudiantes

a) Percibir una transferencia monetaria en los plazos estipulados por el Ministerio de Educación de la Nación;

b) Ser titular de una tarjeta de débito sin costo donde se acredite la transferencia monetaria; y

c) Postularse a becas internacionales y programas del Estado a partir del establecimiento de cupos progresar en sus reglamentaciones.

Artículo 11.- Intransferibilidad. La beca Progresar en todas sus líneas es de carácter personal e intransferible de la/el estudiante.

Artículo 12.- Compatibilidades. El Progresar es compatible con la percepción de:

a) Asignación universal por hijo (AUH);

b) Asignación universal por embarazo;

c) Tarjeta Alimentar;

d) Programas sociales;

e) Becas de carácter académico, de investigación, extensión y formación; y

f) Pensiones no contributivas por discapacidad.

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