El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación informó que los servicios de energĆa elĆ©ctrica, agua corriente, gas por redes, telefonĆa fija y móvil e Internet y televisión por cable no podrĆ”n ser suspendidos por falta de pago. El parĆ”metro se fijó en hasta seis facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1Āŗ de marzo de 2020. El parĆ”metro dispuesto por el Gobierno nacional se fijó en hasta seis facturas consecutivas o alternas impagas, con vencimientos desde el 1Āŗ de marzo de 2020.
Para aliviar el peso de la crisis sobre los sectores mÔs golpeados por la pandemia, el Gobierno nacional extendió el plazo de prohibición de suspensiones de servicios por falta de pago. La medida regirÔ para un segmento de los usuarios pero no para toda la población.
Esta medida incluye tanto a las MiPyMES, Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y EconomĆa Social y a las Entidades de Bien PĆŗblico que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria. TambiĆ©n abarca a aquellos usuarios que son monotributistas inscriptos en una categorĆa cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario MĆnimo Vital y Móvil.
En concreto, la resolución comprende a:
ā Los usuarios particulares que registren una disminución del 50% en su capacidad de pago.
ā Los monotributistas categorĆas C y D que acrediten una disminución del 50% o mĆ”s en su facturación mensual.
ā Las asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.
La acreditación deberÔ efectuarse por correo electrónico o WhatsApp, a través del canal o medio de comunicación puesto a disposición por el Ente Regulador correspondiente o el ENACOM.
De este modo, las empresas prestadoras de telefonĆa móvil o internet deben brindar, hasta el 28 de junio inclusive, un servicio reducido que garantice la continuidad a aquellos usuarios que cuenten con sistema de servicio prepago y que no hayan abonado la correspondiente recarga para acceder al consumo.
Fuente: eldestapeweb.com









