Este sábado arranca la Fase 3 del Plan de Desescalada
Si bien aún resta el anuncio oficial, es un hecho que este sábado 22 comenzará a regir la fase 3 del Plan de Desescalada de la cuarentena por la pandemia de coronavirus en el Chaco, en base al Decreto 843/20, a través del cual se prevé la habilitación de nuevas actividades, tanto de rubros económicos y comerciales, como de deportes y salidas recreativas.
Se espera que el viernes se realice el anuncio oficial, con el detalle de las actividades que se habilitan y las modalidades de la nueva etapa.
Qué actividades se habilitan este sábado
De acuerdo al Anexo IV del decreto 843/20, las actividades que se permiten desde este sábado sería las siguientes:
- Salidas de paseo recreativas
Se habilitan solo para personas entre 15 a 60 años de edad que no integren grupos de riesgo y se establecerán para su habilitación y desarrollo franjas horarias y ámbitos autorizados por cada Municipio de acuerdo a la evolución de casos activos.
A tal efecto, se podrá habilitar parques, plazas, y paseos verdes recreativos, entre otros espacios para esparcimiento, por horarios y por localidad.
- Salidas de niñas, niños y adolescentes
Se habilitan con acompañamiento permanente de un adulto las salidas de niñas niños y adolescentes menores de 15 años en el horario: de 16 a 19.
- Salidas de adultos mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo
Se permitirán en horarios de 8 a 18 los días lunes, miércoles, viernes, fines de semana y feriados.
- Actividades físicas o deportivas
Habilitadas para entrenamiento de carácter individual, en espacios al aire libre. Se permitirán diariamente hasta las 20. Los materiales y/o elementos a utilizar para entrenamiento deben ser de uso individual o único programándose turnos de entrenamiento.
Se permitirá el desarrollo de deportes o actividades físicas grupales que no impliquen concentración de personas y/o contacto físico en su desarrollo tanto en espacios cerrados cubiertos como al aire libre hasta las 20.
La presencia de público deberá garantizar la limitación de personas conforme la capacidad de la superficie de los espacios destinados a este fin.
- Gimnasios
Se habilitará la apertura en el horario de 8 a 21. Requerirán protocolos aprobados por la autoridad municipal, los que deberán contener: cantidad de personas por superficie del local, considerándose también la cantidad de equipamiento con que cuenta el local, y la cantidad de instructores o profesionales.
- Centros terapéuticos
Se mantendrá la habilitación de atención mediante sistema de turnos reducidos, a efectos de garantizar las medidas de bioseguridad y distanciamiento social.
Bajo prescripción médica, con protocolos y de acuerdo a lo que determinen los profesionales tratantes, podrá habilitarse la atención y realización de actividades con pacientes de grupos de riesgo, debiendo a tal fin asignarse turnos especiales e individuales, asignándose auxiliares, acompañantes y elementos de uso exclusivo para el paciente.
- Trabajadoras y Trabajadores de casas particulares
Habilitados de lunes a sábado con traslado permitido entre las 8 y las 20 .
- Iglesias, cultos y salones de ejercicio espiritual
Se mantiene la habilitación de celebraciones y eventos religiosos en horario de 8 a 20. Se requerirá aplicación de protocolos especiales que aseguren el distanciamiento dentro de los lugares entre personas de 2 metros y con asignación de turnos. No podrá extenderse durante más de 2 horas. La cantidad de asistentes dependerá de la superficie de cada sala.
- Servicios Fúnebres
Se permiten por un período máximo de hasta 4 horas con capacidad de ocupación reducida al 50 % los espacios destinados a tal fin y bajo protocolos de bioseguridad. Se prohíbe el contacto físico entre asistentes debiendo respetarse las medidas de distanciamiento social.
- Actividades Turísticas o vinculadas al turismo:
Se habilita:
a. Apertura de agencias de turismo para venta y reservas. Horarios: de 8 a 20.
b. Establecimientos rurales o de turismo rural y actividades de turismo en general: se permitirán con asignación de turnos sin restricción de días y horarios.
c. Se permitirán actividades turísticas en grupos limitados conforme cantidad de asientos o butacas en los medios de transporte a utilizar para el traslado de los grupos, con utilización del sistema de turnos.
- Pesca deportiva, de costa y de embarcación menor:
Se permitirán diariamente. Las personas deberán contar con permiso de circulación. La autoridad municipal podrá articular y regular los procedimientos, mecanismos y condiciones para el desarrollo de esta actividad, desalentando la permanencia y/o concurrencia masiva o aglomeramiento de personas, contando con la asistencia de las fuerzas de seguridad, guardias urbanas e inspectores municipales afectados a tales fines.
- Locales y establecimientos comerciales
Se mantienen las habilitaciones, actividades y horarios establecidos en la fase anterior.
- Galerías Comerciales
Se mantienen las habilitaciones, actividades, horarios, modalidades y restricciones establecidas en la fase anterior.
- Fletes, taxifletes y servicios de mudanzas
Se mantienen actividades y horarios. Se permitirán traslados entre las distintas localidades de la Provincia. Las autoridades podrán restringir temporalmente, el ingreso o traslado de vehículos y/o bienes provenientes de zonas críticas.
- Peluquerías, barberías y afines
Mantienen actividad y horarios establecidos en la fase anterior.
- Servicios y actividades profesionales liberales
Se mantienen las habilitaciones con sistema de turnos de 8 hasta 20.
- Obras de construcción privada
Se permitirá el inicio de nuevas obras y reinicio de las que se encontraban con estado de avance menor al establecido en la fase 2 con la conformidad de las autoridades locales. Se deberá respetar el protocolo establecido por Uocra, entidades que nuclean las empresas del rubro o constructores y la autoridad sanitaria provincial.
- Oficios y emprendimientos independientes o familiares (lavaderos, ladrilleras, albañilería y pinturerías, corralones) relacionados con obras de construcción
Habilitados de lunes a sábado desde las 8 hs hasta 20 hs con asignación de turnos.
- Hoteles, moteles, alojamientos, residenciales
Se mantienen las habilitaciones establecidas en la fase anterior. No se permitirá el uso de espacios comunes.
- Gastronomía, restaurantes, bares
Se permitirá la permanencia de personas, en grupos reducidos, con limitación de capacidad y con utilización de sistema de turnos.
- Transporte público de media / larga distancia
Se mantienen las condiciones de habilitación revista en la fase anterior. Los pasajeros deberán contar con permiso de circulación. Las autoridades podrán restringir la movilidad o transporte proveniente de puntos o zonas críticas.
- Administración Pública
Los trabajadores y trabajadoras mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo estarán licenciados considerándose la licencia como dispensa de asistir presencialmente a sus lugares de trabajo pudiendo desarrollar tareas a distancia a través de teletrabajo o aquellas que determine la respectiva autoridad jurisdiccional en su defecto.
Cada jurisdicción deberá incorporar obligatoriamente turnos alternativos, reducidos o rotativos de jornada laboral y de agentes. Asimismo deberán incorporarse modalidades de trabajo remoto. El total de agentes por jurisdicción y turnos deberá garantizar las medidas de distanciamiento conforme la superficie de cada dependencia, pudiendo la respectiva autoridad jurisdiccional establecer los parámetros a fin de hacer efectiva la presente disposición y la prestación del servicio correspondiente.