DĆas atrĆ”s, el Gobierno presentó en la CĆ”mara de Diputados una āReforma para el Fortalecimiento Electoralā, que tiene entre sus puntos centrales la derogación de las Primarias, Abiertas, SimultĆ”neas y Obligatorias (PASO).
Este instrumento aplicado por primera vez en los comicios del 2011 fue creado en diciembre del 2009 durante el gobierno de Cristina FernĆ”ndez de Kirchner (Frente para la Victoria) a travĆ©s de la ley 26.571 de Democratización, de la Representación PolĆtica, la Transparencia y la Equidad Electoral.
Era una ley que regulaba la construcción de las alianzas y la presentación de candidaturas y que tenĆa como punto central la creación de las PASO para ordenar la oferta electoral, evitando la dispersión que era moneda corriente en el sistema anterior.
Son elecciones primarias, es decir, esto es, para elegir a los candidatos de cada una de las alianzas electorales para presidente, vicepresidente, diputados y senadores nacionales.
Son abiertas, dado que cualquier ciudadano puede participar independientemente de si estĆ” afiliado o no a un partido polĆtico.
Son simultĆ”neas porque se realizan el mismo dĆa en todos los distritos del paĆs, y por Ćŗltimo son obligatorias en tanto y en cuanto constituye un deber para todos los ciudadanos empadronados.
Inclusive las elecciones son obligatorias en aquellos partidos que no ofrecen competencia interna entre dos o mƔs listas de candidatos.
Uno de los problemas que introdujo las PASO es que alargaron el calendario electoral, al punto que es comĆŗn escuchar que los aƱos de elecciones son aƱos que el sistema polĆtico se zambulle en un estado de campaƱa permanente, tergiversando las funciones que deben desempeƱar quienes fueron elegidos en cargos ejecutivos o legislativos.
Esto es asà porque las PASO se realizan casi tres meses antes que las elecciones generales, y las campañas oficialmente comienzan en abril, aunque ya se empieza a construir informalmente la plataforma proselitista desde comienzos de año.
Uno de los objetivos de la reforma consiste justamente en acortar el calendario electoral, evitando trasladarle a la ciudadanĆa la carga de tener que acudir a las urnas dos veces en el aƱo o hasta tres cuando hay segunda vuelta.
El otro propósito estĆ” vinculado a lo económico y responde a la necesidad de cuidar recursos pĆŗblicos, ya que todo operativo electoral supone costos importantes, tanto en tĆ©rminos de logĆstica de votación y transmisión de datos, correo, fiscalización, capacitaciones y seguridad.
En la óptica del Gobierno, las PASO se comportaron en los Ćŗltimos aƱos como una āgran encuesta nacionalā ya que no fueron demasiadas las agrupaciones polĆticas que resolvieron sus internas por esa vĆa.
En el 2023, el costo estimado de las PASO fue de 45.445 millones de pesos, un monto que no es abrumador pero tampoco insignificante.
MĆ”s allĆ” de los argumentos vinculados al aspecto del ahorro de gasto pĆŗblico y la simplificación del sistema electoral, tambiĆ©n pesa en la visión del Gobierno una concepción filosófica contraria a la intromisión del Estado en la vida interna de los partidos polĆticos y en su autonomĆa para la toma de decisiones sobre candidaturas.
Puntos clave
El proyecto de ley propone reducir los tiempos de campaƱa, haciendo que la misma comience 60 dĆas antes de cada comicio y que finalice 48 horas antes de la apertura de la votación.
AdemĆ”s, se estipula que los anuncios masivos del Gobierno, como por ejemplo de obras, queden prohibidos en los 25 dĆas inmediatamente anteriores a la elección, para evitar usos proselitistas a favor del oficialismo.
Otro aspecto clave de la reforma tiene que ver con los cambios en la publicidad. La modificación mĆ”s importante es que se eliminan los espacios de publicidad electoral que por la ley actual tienen que ceder los medios audiovisuales para todos los partidos polĆticos que compiten en las urnas.
A su vez, que dispone que los anuncios publicitarios estĆ©n limitados al perĆodo en que transcurra la campaƱa, inclusive en la vĆa pĆŗblica.
Otro pilar insoslayable del proyecto es la reducción del financiamiento estatal, eliminÔndose los aportes extraordinarios que el Gobierno nacional debe transferir a los partidos en cada elección (que se usaban por ejemplo para la impresión de las boletas partidarias, que quedaron sin efecto con la implementación de la boleta única de papel).
De esta manera, solamente se mantiene en pie el Fondo Partidario Permanente que el Estado destina anualmente a las agrupaciones polĆticas, pero se endurecen los requisitos de exclusión: solamente recibirĆ”n el aporte aquellos que hayan sacado mĆ”s de 1% de los votos del total del padrón.
La Vicejefatura de Gabinete serĆ” el órgano encargado de distribuir estos fondos de acuerdo a un criterio: solamente el 20% se repartirĆ” equitativamente entre todos los partidos polĆticos y el restante 80% se distribuirĆ” de forma proporcional a los resultados obtenidos en las Ćŗltimas elecciones a diputados nacionales.
Un cambio profundo de esta reforma electoral es la quita de lĆmites a los aportes privados, bajo la premisa de transparentar lo que ocurre en la prĆ”ctica desde hace muchos aƱos: la existencia de circuitos informales de financiamiento de las campaƱas y la consecuente subdeclaración de gastos por parte de no pocos partidos polĆticos.
En las elecciones de 2023 el monto mĆ”ximo de aportes permitidos por persona humana o jurĆdica fue de 20 millones de pesos en las primarias, 40 millones en las generales y 20 millones en la segunda vuelta.
A partir de esta readecuación, no se fijarĆ”n lĆmites ni en cantidad de aportantes ni en los montos mĆ”ximos.
Pueden aportar a las campaƱas las personas fĆsicas, empresas (2019) como sociedades financieras y comerciales, ademĆ”s de asociaciones civiles, fundaciones y cooperativas.
En cuanto a las personas fĆsicas, no pueden aportar extranjeros sin residencia en el paĆs, personas que exploten juegos de azar, o quienes estĆ©n imputados por violaciones a la ley penal tributaria.
En cuanto a personas jurĆdicas, no pueden aportar los organismos del Estado, los multilaterales, las empresas concesionarias, contratistas o proveedoras del Estado, las que explotan juegos de azar, las asociaciones sindicales y profesionales, los gobiernos extranjeros y las empresas extranjeras que no tengan domicilio en el paĆs.
Con la reforma electoral se prevé la creación de una plataforma pública de registro de aportantes privados, que deberÔn constar sus donaciones a través de declaraciones juradas.
Cada partido o alianza electoral deberÔ abrir una cuentas bancaria y habrÔ una supervisión por parte de la Unidad de Información Financiera (UIF).
La letra del proyecto establece que solo podrĆ”n recibir aportes privados los partidos polĆticos que cuenten con un mĆnimo de adhesiones del 4% del padrón del distrito.









