El Poder Judicial intensifica acciones preventivas para brindar atención presencial al público
Se autorizó la compra de elementos de bioseguridad y se aprobó un instructivo de actuación para implementar durante la cuarentena. La tramitación presencial de cédulas y notificaciones dependerá de la evaluación de la situación epidemiológica que se realizará a partir del 26 de mayo.
Por medio de una videoconferencia, los ministros del Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco realizaron una evaluación del servicio de judicial de urgencia que se está brindando en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio por coronavirus (COVID-19). Los principales puntos tratados fueron la autorización para la compra de elementos de bioseguridad, la aprobación de un instructivo o protocolo de seguridad e higiene y medidas que tiene que ver con la atención al público.
Como primera medida, los jueces resolvieron autorizar la compra de máscaras faciales para el personal y mamparas para colocar en organismos que se consideren necesarios para la atención presencial, así como también de cintas demarcatorias para hacer cumplir el distanciamiento social dentro de las dependencias judiciales de la provincia. Esto estará acompañado con el estricto cumplimiento de un instructivo sobre seguridad e higiene preventiva contra COVID-19, que fue aprobado por unanimidad en la reunión virtual.
En referencia a la entrega de turnos para la atención presencial en los distintos juzgados, los ministros del STJ resolvieron posponer hasta el 1 de junio, la implementación del Sistema de Turnos Web para iniciar un proceso de reactivación constante y gradual del funcionamiento del Poder Judicial. Esta determinación se tomó porque aún no se ha concluido el desarrollo de la aplicación correspondiente para que los profesionales y abogados puedan utilizarlo correctamente.
Por este motivo, el máximo órgano judicial de la provincia dispuso que los distintos organismos jurisdiccionales otorguen turnos a los profesionales, a través del medio que consideren más idóneo para efectivizarlos, hasta tanto el sistema comience a funcionar correctamente. Para aquellos profesionales que pidieron y no pudieron tomar vista de las actuaciones, podrán cumplir con las mismas y con los pertinentes actos procesales obstaculizados de realizar desde que se confiera la vista y por el plazo correspondiente de la actividad procesal, resolviendo los magistrados caso por caso y fundadamente (conf. Artículo 173 del Código Procesal Civil y Comercial).
Relevamiento y tramitaciones presenciales
Otro de los puntos aprobados por unanimidad, fue la determinación de realizar un relevamiento en toda la provincia, a través de Secretaría de Superintendencia, a fin de determinar el personal judicial que ha trabajado en forma presencial, remota o que no haya prestado la conformidad para presentarse a prestar funciones durante el aislamiento social.
Y por último, con respecto de la tramitación de cédulas y notificaciones, el Superior Tribunal de Justicia ratificó que a partir del 26 de mayo se realizará una evaluación de la situación epidemiológica, ambiental y demás circunstancias del interior de la Provincia, para decidir qué diligencias podrían efectivizarse de forma presencial y cuáles seguirán con un servicio de emergencia.