Economia

El Gobierno puso tope a la ayuda para pagar salarios privados

A través de la Decisión Administrativa 887/2020 publicada este lunes en el Boletín Oficial con las firmas del jefe de Gabinete Santiago Cafiero y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, el gobierno de Alberto Fernández excluyó del beneficio de salario complementario a los trabajadores en relación de dependencia que perciban un salario bruto mensual de 250 mil pesos.

Se trata de una recomendación realizada por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), plasmada en el Acta 11 que acompaña la normativa.

Además, se definió la postergación del pago de contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante mayo, para todo el universo de empresas que prestan las actividades incorporadas al programa de ATP.

Un salario bruto de 250 mil pesos se traduce en un ingreso neto de unos 175 mil pesos en el caso de un trabajador casado y con dos hijos; y de 168 mil para uno soltero sin hijos.

“Trabajadores de muy altos ingresos -si bien muy pocos en cantidad- están recibiendo una asistencia de 33.750 pesos”, precisó el Comité.

Consideró que “dado que la situación de este pequeño conjunto de trabajadores es notoriamente más holgada que la del resto, se sugiere excluirlos de la ATP, para así poder direccionar los recursos estatales a quienes corran mayores riesgos de caer en situaciones de vulnerabilidad económica”.

En consecuencia recomendó que “no queden comprendidos como potenciales beneficiaros del Salario Complementario los trabajadores cuya remuneración bruta devengada en marzo de 2020 supere la suma de 250 mil pesos”.

Por otra parte se resolvió también que el Estado abone hasta el 50% de los trabajadores que están en situación de pluriempleo.

En ese último caso, el salario complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% de la sumatoria de los salarios netos correspondientes al mes de febrero de 2020.

No obstante, el resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil (de $16.875) ni superior a la suma equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles ($33.750).

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.