Docentes: implementan incentivos por tareas complementarias
Por Decreto N° 1248, el gobernador Domingo Peppo introdujo modificaciones en la reglamentación del Estatuto del Docente, con el objetivo de incentivar, mediante un incremento del puntaje, la participación de los trabajadores de la educación en actividades complementarias a las propuestas áulicas tradicionales, como ser ferias y clubes de ciencia, el desarrollo de trabajos de investigación y otras experiencias que redunden en mayor calidad educativa.
Una de las principales modificaciones tiene que ver con el puntaje que se computa por antigüedad de título en ejercicio de la docencia, el cual pasará de 0,5 a un punto por año calendario.
En lo que respecta a ascensos, se modifica la escala completa de valoraciones a las que deben ajustarse las Juntas de Clasificación. Por ejemplo, en el caso de un maestro de grado, por cada año de antigüedad (o fracción no inferior a 6 meses), pasará de computarse 0,55 a un punto, y en el caso de un profesor, pasará de un punto a 1,30.
En lo que refiere específicamente al Nivel Secundario, para la asignación de los puntos que correspondan a postulantes a cubrir cargos el ítem de antigüedad en la docencia secundaria o terciaria pasará de 0,20 a un punto. Para docentes de Nivel Primario también se incrementa la valuación por servicios docentes prestados con anterioridad.
Además, cambian las valoraciones para la evaluación del personal docente por participación en dispositivos de capacitación y actualización y en eventos avalados por el Ministerio de Educación, tales como congresos (especialmente si el docente participa como expositor) y ferias de ciencia, así como también por la presentación de trabajos de investigación y por participar como asesores u orientadores en clubes de ciencia y tecnología.
En esa línea, la valoración para un docente de Nivel Secundario que participa como expositor en un congreso nacional pasa de 0,65 a 1,80 puntos, y, en el caso de asumir un rol de orientador en clubes de ciencia, el puntaje pasa de 0,15 a 1,50.