¿Cuáles son las nuevas medidas que buscan garantizar la transparencia de organizaciones y fundaciones?
El subsecretario de Asuntos Registrales, Eduardo Colombo, habló sobre las medidas que buscan establecer un «régimen de transparencia» con nuevas exigencias y mayores niveles de publicidad de los actos, balances y estados patrimoniales.
Ayer el Gobierno presentó el Decreto 1821/23 que, con sus seis artículos, busca «fortalecer la calidad institucional del Estado» mediante un «régimen de transparencia» en el funcionamiento de las organizaciones sociales. La medida vislumbra nuevas exigencias para las asociaciones civiles, fundaciones y mutuales de la provincia, un mayor control, reempadronamiento y nuevos canales para denunciar irregularidades. El subsecretario de Asuntos Registrales, Eduardo Colombo, dialogó con Radio Provincia del Chaco sobre este tema.
En este sentido, la fiscalización implicará controles patrimoniales, personal, antecedentes penales y publicidad de los actos de los dirigentes sociales con responsabilidades dentro de los movimientos. “Se va a comenzar a exigir ciertos requisitos que ya se les exigen a muchas personas”, expresó Colombo. Además, el subsecretario explicó que con esto se busca que el control esté garantizado previo a la constitución efectiva de una organización y que una vez que estén en funcionamiento presenten memoria, balance, estados contables, declaración jurada patrimonial e impositiva de la organización y sus miembros.
“Si una entidad civil tiene como finalidad trabajar por el bien común, nos parecen acertadas las exigencias, sobre todo si van a estar recibiendo fondos públicos”, manifestó, y agregó: “El decreto viene a reforzar un trabajo que veníamos realizando hace un tiempo en 2020 que es reempadronamiento de las entidades civiles ya sea asociaciones o fundaciones para determinar cuáles son las que están activas”. “Creo que estos organismos que se van estableciendo le van brindando al ciudadano un lugar donde pueda ir a hacer una denuncia o poner en conocimiento de las autoridades de la posibilidad de una mala administración de los recursos que está recibiendo”, concluyó.
Los artículos más importantes del decreto
1°: A la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio, en su carácter de autoridad de contralor, los dirigentes sociales deberán presentar la Certificación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (ReDAM); la Certificación del Registro Único de Personas Violentas (RUPV); Certificación del Tribunal de Cuentas y Declaración Jurada Patrimonial.
2°: La Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio tendrá a cargo la actualización periódica de datos y/o reempadronamiento de las Asociaciones Civiles, Fundaciones y Mutuales de la provincia por medios digitales públicos oficiales, que fortalezcan los pilares de transparencia y acceso a la información.
3°: La Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio dictara normas aclaratorias o ampliatorias al respecto y podrá disponer la suspensión y/o las sanciones correspondientes a quienes incumplan con las obligaciones impuestas precedentemente.
4°: Se creará una Unidad de Recepción y Seguimiento de reclamos, quejas y/o denuncias de hechos que refieran irregularidades que podrían constituir ilícitos penales y/o administrativos, de asociados y/o terceros y/o beneficiarios de una entidad civil, contribuyendo a la seguridad jurídica y a la protección de las personas, arbitrando las medidas judiciales y/o administrativas que correspondan.