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COVID-19: el gobierno provincial oficializó las nuevas medidas: ¿Cuáles continúan y las flexibilizaciones?

El gobierno provincial rubricó hoy el Decreto 1176/2021 a través del cual ratifica medidas que restringen la circulación con el objetivo concreto de mitigar el impacto de esta segunda ola de COVID-19 en el Chaco; al tiempo que incorpora otras que flexibilizan actividades. Tal como lo había adelantado durante la jornada del viernes 28 el gobernador Jorge Capitanich, las restricciones se mantendrán hasta el próximo 9 de junio, inclusive.

Entre las flexibilizaciones adoptadas por el gobierno provincial desde este 31 de mayo, se destacan la atención en espacios al aire libre entre las 8 a las 22 de bares y restaurantes; se habilitan tres días a la semana los entrenamientos individuales en gimnasios, clubes y academias; se habilita el funcionamiento de Jardines de Infantes y Guarderías y el uso del transporte público de hasta un 50% de aforo en las unidades, entre otras decisiones.

Así, continuarán suspendidas las clases presenciales, la circulación restringida entre las 22 y las 6 del día siguiente, continúa la alarma sanitaria a partir de las 21, las reuniones o eventos públicos o privados continúan prohibidos y los casinos y cines continuarán cerrados, entre otras.

 

Síntesis de las medidas estipuladas en el Decreto 1176

 

Se mantienen las siguientes medidas:

Reuniones – Eventos: No se encuentran permitidos eventos públicos y/o privados en espacios abiertos o cerrados bajo cualquier modalidad o motivo.

Casinos – Cines: Deberán permanecer cerrados.

Parques, Plazas, Espacios públicos: no se permite

Restricción de circulación: En el horario comprendido entre las 22 y las 6 de cada día exceptuándose trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.

Alarma Sanitaria: A partir de las 21.

Permisos de Ingreso y circulación: Obligatoriedad para circular.  Continúa siendo obligatorio el uso del Pasaporte Chaco para circular https://pasaporte.chaco.gob.ar/.

Constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos 14 días previos de inoculación para el ingreso y/o egreso de la Provincia.

Administración Pública Provincial: Suspensión de términos y plazos administrativos en los tres poderes del estado provincial. Se dispone que los servicios considerados esenciales deberán ser cumplidos con guardias mínimas y/o grupos reducidos de planteles de trabajadores en cada jornada.

Sistema Educativo Provincial: Suspensión de clases presenciales en todas las modalidades y niveles educativos y se ratifica el dictado de clases a través de la plataforma digital “ELE”.

Actividad y locales comerciales esenciales: Se encuentra habilitado el funcionamiento de los locales comerciales en el horario habilitado con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible de cada espacio.

 

Se incorporan las siguientes medidas

Gimnasios, una de las actividades que vuelve parcialmente.

 

 

Gastronomía, Restaurantes, Bares: Habilitados para atención en espacios al aire libre entre las 8 a las 22. A partir de las 22 y hasta las 24 se encuentra habilitada la comercialización a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery).

Gimnasios – Clubes – Actividades Físicas y Deportivas: A fin del restablecimiento gradual del sector, podrán funcionar en este período bajo las siguientes modalidades:

Gimnasios – Academias: Se encuentran habilitados para entrenamiento individual los días lunes, miércoles y viernes en el horario comprendido entre las 6 y las 18, con cumplimiento de la capacidad autorizada por los respectivos protocolos vigentes.

Clubes: Podrán funcionar en el mismo horario indicado en el párrafo anterior para el desarrollo de entrenamientos físicos y/o de disciplinas deportivas individuales sin compartir elementos.

Transporte: Habilita el uso de hasta un 50% de aforo en las unidades  – Los pasajeros deberán contar obligatoriamente con pasaporte Covid

Agencias, Sub-Agencias de quiniela: se permite de 7 a 20:30 con atención reducida de personas en el local.

Iglesias – Cultos – Celebraciones religiosas: Habilitadas al aire libre con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible. En ningún caso la reunión religiosa podrá exceder de 100 personas.

Jardines – Guarderías: se habilita funcionamiento con protocolos.

Actividad Legislativa y Judicial: se invita a adherir o generar la atención via remoto y por audiencias virtuales.

A nivel general no se encuentra permitido

 

  • La práctica deportiva grupal y/o de contacto, en espacios cerrados y/o al aire libre.

  • El desarrollo de actividades con presencia de público o que impliquen concentración de personas.

  • El desarrollo de partidos, torneos o competencias, sean éstas federadas, profesionales y/o amateur.

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