COVID-19: el gobierno provincial oficializó las nuevas medidas: ¿Cuáles continúan y las flexibilizaciones?
El gobierno provincial rubricó hoy el Decreto 1176/2021 a través del cual ratifica medidas que restringen la circulación con el objetivo concreto de mitigar el impacto de esta segunda ola de COVID-19 en el Chaco; al tiempo que incorpora otras que flexibilizan actividades. Tal como lo había adelantado durante la jornada del viernes 28 el gobernador Jorge Capitanich, las restricciones se mantendrán hasta el próximo 9 de junio, inclusive.
Entre las flexibilizaciones adoptadas por el gobierno provincial desde este 31 de mayo, se destacan la atención en espacios al aire libre entre las 8 a las 22 de bares y restaurantes; se habilitan tres días a la semana los entrenamientos individuales en gimnasios, clubes y academias; se habilita el funcionamiento de Jardines de Infantes y Guarderías y el uso del transporte público de hasta un 50% de aforo en las unidades, entre otras decisiones.
Así, continuarán suspendidas las clases presenciales, la circulación restringida entre las 22 y las 6 del día siguiente, continúa la alarma sanitaria a partir de las 21, las reuniones o eventos públicos o privados continúan prohibidos y los casinos y cines continuarán cerrados, entre otras.
Síntesis de las medidas estipuladas en el Decreto 1176
Se mantienen las siguientes medidas:
Reuniones – Eventos: No se encuentran permitidos eventos públicos y/o privados en espacios abiertos o cerrados bajo cualquier modalidad o motivo.
Casinos – Cines: Deberán permanecer cerrados.
Parques, Plazas, Espacios públicos: no se permite
Restricción de circulación: En el horario comprendido entre las 22 y las 6 de cada día exceptuándose trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.
Alarma Sanitaria: A partir de las 21.
Permisos de Ingreso y circulación: Obligatoriedad para circular. Continúa siendo obligatorio el uso del Pasaporte Chaco para circular https://pasaporte.chaco.gob.ar/.
Constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos 14 días previos de inoculación para el ingreso y/o egreso de la Provincia.
Administración Pública Provincial: Suspensión de términos y plazos administrativos en los tres poderes del estado provincial. Se dispone que los servicios considerados esenciales deberán ser cumplidos con guardias mínimas y/o grupos reducidos de planteles de trabajadores en cada jornada.
Sistema Educativo Provincial: Suspensión de clases presenciales en todas las modalidades y niveles educativos y se ratifica el dictado de clases a través de la plataforma digital “ELE”.
Actividad y locales comerciales esenciales: Se encuentra habilitado el funcionamiento de los locales comerciales en el horario habilitado con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible de cada espacio.
Se incorporan las siguientes medidas
Gimnasios, una de las actividades que vuelve parcialmente.
Gastronomía, Restaurantes, Bares: Habilitados para atención en espacios al aire libre entre las 8 a las 22. A partir de las 22 y hasta las 24 se encuentra habilitada la comercialización a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery).
Gimnasios – Clubes – Actividades Físicas y Deportivas: A fin del restablecimiento gradual del sector, podrán funcionar en este período bajo las siguientes modalidades:
Gimnasios – Academias: Se encuentran habilitados para entrenamiento individual los días lunes, miércoles y viernes en el horario comprendido entre las 6 y las 18, con cumplimiento de la capacidad autorizada por los respectivos protocolos vigentes.
Clubes: Podrán funcionar en el mismo horario indicado en el párrafo anterior para el desarrollo de entrenamientos físicos y/o de disciplinas deportivas individuales sin compartir elementos.
Transporte: Habilita el uso de hasta un 50% de aforo en las unidades – Los pasajeros deberán contar obligatoriamente con pasaporte Covid
Agencias, Sub-Agencias de quiniela: se permite de 7 a 20:30 con atención reducida de personas en el local.
Iglesias – Cultos – Celebraciones religiosas: Habilitadas al aire libre con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible. En ningún caso la reunión religiosa podrá exceder de 100 personas.
Jardines – Guarderías: se habilita funcionamiento con protocolos.
Actividad Legislativa y Judicial: se invita a adherir o generar la atención via remoto y por audiencias virtuales.
A nivel general no se encuentra permitido
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La práctica deportiva grupal y/o de contacto, en espacios cerrados y/o al aire libre.
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El desarrollo de actividades con presencia de público o que impliquen concentración de personas.
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El desarrollo de partidos, torneos o competencias, sean éstas federadas, profesionales y/o amateur.