Comercio exterior: la AFIP eliminó regulaciones a la importación y exportación
En el marco del reemplazo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el Gobierno eliminó regulaciones a la importación, que estipulaban que los organismos representantes de cada sector debían tener un “veedor” en Aduana, y a la exportación, que establecían valores de referencia.
Las medidas se implementaron a través de las resoluciones 5586 y 5587 de la AFIP, publicadas este martes en el Boletín Oficial. Desde el Ejecutivo sostuvieron que estas regulaciones, que comenzaron en 1999 y 2000, implicaban un “sobrecosto” para importadores y exportadores.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, remarcó que estas decisiones generan “más rentabilidad al sector privado, más transparencia y menos corrupción en el sector público”.
“Se eliminó una de las circulares de Aduana más emblemáticas del control económico que las castas ejercieron sobre la política económica del país. Así, se derogan las circulares 701/99 y 799/2000, que obligaban a tener un veedor de la industria nacional para liberar un contenedor en canal rojo cuando se importaban bienes de ese sector”, expresó en su cuenta de X (ex-Twitter).
“¿Cómo decirlo? Si querías importar calzado un veedor de la industria del calzado tenía que emitir su opinión; si querías importar caños para el sector petrolero, un representante de la siderurgia nacional tenía que dictaminar…hasta había listas de personas con nombre y apellido autorizadas con esta finalidad. Con su derogación damos de baja un símbolo de la casta que el presidente Javier Milei vino a desterrar”, añadió.
En cuanto a la otra medida, Sturzenegger manifestó: “Damos por finalizado el uso de los ‘valores de referencia’ para la exportación, un engendro kirchnerista fuente de burocracia y corrupción. Su eliminación, a su vez, mejora el precio de venta al exterior de nuestras exportaciones”.
“Hasta esta resolución ciertos sectores debían aportar una garantía para cubrir la diferencia entre el valor de exportación declarado y el de un precio de referencia (mayor) que definía la AFIP. Esa garantía implicaba un costo que reducía el precio neto de exportación”, señaló.
El ministro subrayó que “además de esta pérdida de rentabilidad, la operación implicaba engorrosos trámites, tanto para el contribuyente como para la Aduana; ni que hablar de las posibilidades de corrupción que se generaban en la determinación del precio y en el proceso de devolución de la garantía”.
“A partir de la Resolución 5587/24 todo este sistema desaparece para otorgarle más rentabilidad al sector privado y generar más transparencia y menos corrupción en el sector público, todos objetivos del Presidente”, concluyó.
Estos cambios se suman a la eliminación de las estampillas “verdes” en los productos importados y los llamados “valores criterio”, un instrumento que tenía la Aduana para identificar posibles maniobras abusivas en el comercio exterior, como la subfacturación o sobrefacturación en las importaciones.
Modificaciones en los canales de exportación e importación
La Resolución General 5587/24 no solo elimina los valores de referencia, sino también el Canal Rojo Valor, un mecanismo que imponía controles adicionales en las exportaciones con precios por debajo del valor referencial. De acuerdo con el texto de la resolución, las destinaciones definitivas de exportación seguirán cursando por los canales de selectividad habituales, aunque podrán ser sometidas a un control posterior, según lo establecido en la Resolución General AFIP 5002/21.
Esta disposición permite a la AFIP realizar controles ex post para evaluar la correcta valuación de las mercaderías exportadas, lo que, según la administración tributaria, asegura que los controles sigan vigentes de manera más eficiente.
El Gobierno eliminó los veedores para la importación
La participación de veedores había sido implementada en 1999 y extendida en 2000, como parte de una serie de medidas destinadas a proteger a las industrias nacionales frente a la importación. De acuerdo con la Resolución General 5586/24, la eliminación de este sistema responde a la necesidad de agilizar los procesos aduaneros y reducir los costos asociados a la importación. La norma también deja sin efecto los usuarios otorgados a las entidades sectoriales para acceder al Sistema Informático MALVINA (SIM), utilizado para monitorear los avisos de carga y verificar las importaciones.
Según el texto de la resolución, la participación de las cámaras sectoriales resultaba en “dilaciones innecesarias” en el trámite de las mercaderías. Las entidades industriales tenían que coordinar con la Aduana su presencia como observadoras en los actos de verificación física de los bienes importados, lo que, en la práctica, generaba retrasos en la liberación de los productos. En muchos casos, la presencia de estas entidades no se concretaba, pero los tiempos de espera seguían afectando la fluidez del comercio exterior.