Inicio / Gubernamentales / Aprueban que se cobre un impuesto extra para Netflix y servicios digitales de otros paĆ­ses en Chaco

Aprueban que se cobre un impuesto extra para Netflix y servicios digitales de otros paĆ­ses en Chaco

Entre otros proyectos, la CÔmara de Diputados de Chaco sancionó en la sesión extraordinaria de este jueves la Ley N° 3140 -F que establece la modificación del Cödigo Tributario Provincial (Ley 83 -F) con el fin de «gravar el uso y adquisición de bienes y servicios a través de medios digitales del exterior».
ā€œResulta imperioso por cuestiones de equidad y protección al comercio y servicios locales, el cobro del tributo a estas actividades, incluso con una alĆ­cuota mayor a la general, teniendo en cuenta que las tecnologĆ­as han avanzado en el mundo, pisoteando a las frĆ”giles economĆ­as localesĀ», argumentó el diputado justicialista autor de la iniciativa, NicolĆ”s Slimel.
Y ejemplificó: Ā«Estos casos encontramos en Uber, al desembarcar en cada nuevo paĆ­s. AirBnB con sus efectos en el mercado hotelero. La agonĆ­a que sufren los medios de comunicación tradicionales tras la irrupción de las redes sociales, junto con la publicidad segmentada y dirigida a travĆ©s de las redes sociales y los motores de bĆŗsqueda. El cierre de locales de alquiler de pelĆ­culas en manos de Netflix, HBO GO, por nombrar algunas entre tantasā€.
ā€œSi bien el contexto económico actual golpea a todas las clases sociales, en general dichos servicios son usados en mayor medida por la población de ingresos medios y altos. No obstante, se pretende a travĆ©s de lo recaudado, conformar un fondo para atender a las medidas sanitarias implementadas y a implementarse en el marco de la Pandemia generada por la enfermedad COVID-19ā€, aseguró.
Al respecto comparó: ā€œEl reclamo de las Provincias por el cobro a los servicios digitales prestados desde el exterior, es una cuestión ya de larga data, y teniendo en cuenta el contexto cambiante y los distintos impedimentos que fueron apareciendo en otras Provincias al querer implementar un mecanismo similar, resulta necesario la modificación al rĆ©gimen ya incorporado a nuestra Legislación Provincial, pero sin aplicación efectiva al dĆ­a de hoyā€.
«Esta propuesta legislativa, se la dicta atendiendo principalmente la situación de pandemia, que motivara la declaración de emergencia sanitaria a nivel nacional y provincial. Asimismo, responde ademÔs a otra que también tiene vinculación con la situación de aislamiento social preventivo y obligatorio que trasvasamos por estos días: el mayor uso y adquisición de bienes y servicios a través de medios digitales. El porcentaje de la alícuota se ajusta a la media dispuesta por otras provincias en relación al mismo impuesto», detalló.
Y sostuvo: Ā«Con el objeto de conjugar ambas contingencias, esta propuesta pretende adecuar el texto normativo, en lo que respecta al cobro del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los Servicios Digitales Prestados por Sujetos Domiciliados en el Exterior, a fin de lograr una rĆ”pida implementación del mecanismo de percepción del tributo por dichas operacionesā€.
ā€œEsto ha motivado que desde esta bancada se presentara el Proy. Resol. NĀŗ 646/2020, mediante el cual se requerĆ­a a la Administración Tributaria Provincial (ATP), que arbitre mediante las disposiciones administrativas pertinentes la creación de un rĆ©gimen especial para implementar la retención y/o percepción del impuesto sobre los ingresos brutos sobre operaciones comerciales de cualquier naturaleza que se realicen mediante la implementación de plataformas digitales a travĆ©s de internet o cualquier otro medio tecnológico que en el futuro se implementeā€.

Deje un comentario

Tu dirección de correo electrónico no serÔ publicada. Los campos obligatorios estÔn marcados con *

dos × uno =

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.