En el marco de la pandemia de coronavirus, la AdministraciĂ³n Federal de Ingresos PĂºblicos (AFIP) oficializĂ³ este jueves la decisiĂ³n de que ningĂºn monotributista serĂ¡ dado de baja de oficio del rĂ©gimen por falta de pago de sus obligaciones del mes de mayo.
AsĂ lo hizo a travĂ©s de la publicaciĂ³n en el BoletĂn Oficial de la ResoluciĂ³n General 4724/2020.
AllĂ, se dispone la extensiĂ³n al mes de mayo de la decisiĂ³n adoptada en marzo pasado, cuando comenzĂ³ el aislamiento social, preventivo y obligatorio por el coronavirus.
La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja del Régimen de Monotributo cuando no paga diez cuotas consecutivas.
Sin embargo, en el actual contexto de pandemia, la AFIP resolviĂ³ que abril, y ahora mayo no serĂ¡n computados a los efectos de contabilizar el perĂodo necesario para la aplicaciĂ³n de las bajas automĂ¡ticas.
Existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja automĂ¡tica del rĂ©gimen: la mĂ¡s extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el mĂ¡ximo establecido por la categorĂa mĂ¡xima disponible.
La AFIP definiĂ³ que esos cruces sistĂ©micos no serĂ¡n utilizados tampoco en mayo para proceder con exclusiones de oficio.









