Rendimos homenaje a los convencionales constituyentes, a nuestras comunidades originarias, criollas e inmigrantes que forjaron nuestra identidad pluricultural, plurilingüe y pluri religiosa. Somos hijos e hijas de ese legado y lo llevamos como bandera de nuestro compromiso Ć©tico y polĆtico.
El Gran Chaco americano posee 1,2 millones de kilómetros cuadrados, mientras que la porción denominada del Chaco Argentino abarca e incluye aproximadamente 400.000 kilómetros cuadrados, un poco menos de la mitad del denominado Norte Grande que abarca casi 850000 kilómetros cuadrados de superficie. Nuestra provincia del Chaco ha variado su fisonomĆa desde hace 150 aƱos cuando se institucionalizó el Territorio Nacional perdiendo aproximadamente 150.000 kilómetros cuadrados de superficie a travĆ©s del tiempo.
El proceso de institucionalización arrancó con la Ley N° 28 de territorios nacionales en el aƱo 1862, que declaraba que ātodos los territorios nacionales existentes fuera de los lĆmites o posesión de las provincias, son nacionalesā. Luego, Domingo Faustino Sarmiento suscribió un decreto en acuerdo de ministros durante el receso de ambas cĆ”maras del Congreso en el cual estableció el inicio de la organización del Chaco para lo cual designó al General Julio de Vedia Gobernador de los āterritorios del Chacoā, con retención de su cargo de comandante en las fuerzas argentinas en el Paraguay.
El 18 de octubre de 1872 el Congreso de la Nación sanciona la Ley N° 576 que determinó la duración en el cargo de Gobernador por tres aƱos, la atención de la justicia por los jueces de paz y la organización de las comisiones municipales.Ā Posteriormente, en 1874 se sancionó la Ley N° 686 que creó la Jefatura polĆtica del territorio cuya designación recayó en Aurelio DĆaz luego del Decreto reglamentario firmado el 29 de marzo de 1875, figura institucional que perduró en un corto perĆodo hasta su desaparición en 1876.
La Ley N° 1532 sancionada en 1884 dividió los territorios nacionales en nueve jurisdicciones, separando tambiĆ©n a Chaco y Formosa con la división natural del rĆo Bermejo. El territorio del Chaco se redujo por segunda vez en el aƱo 1886 mediante la sanción de la Ley N° 1894,Ā porque a travĆ©s de dicha norma se concedió a Santa Fe el āterritorio de propiedad de la Nación que se halla comprendido desde su lĆmite Norte actual hasta el paralelo 28 del rĆo ParanĆ”ā, lo cual implicó el cercenamiento territorial de los actuales departamentos de Avellaneda, Ocampo, San Antonio, Las Toscas y parte de Florencia, por ese entonces las colonias mĆ”s ricas de nuestro territorio.
Finalmente, en 1902 se consumó un nuevo desmembramiento de nuestras tierras dispuesta por Ley N° 4141 a favor de Santiago del Estero cuya consecuencia fue la pĆ©rdida de casi un tercio de su superficie originaria hasta la consolidación de la lĆnea Barilari por el trazado de los lĆmites con Salta. Desde ese momento hasta el aƱo 1951, en el cual se sanciona la Ley N° 14037 cuya promulgación ocurre el 8 de agosto se presentaron 26 iniciativas legislativas para obtener la provincialización tan anhelada.
La Ley N° 1532 otorgaba a los Gobernadores del Territorio escasas facultades. Pero lo mĆ”s notorio era el incumplimiento respecto a la creaciónĀ de instituciones como la legislatura provincial, cuyo requisito formal era contar Ā con 30000 habitantes, asĆ como tambiĆ©n para la elección de diputados nacionales y por Ćŗltimo, la organización de la provincia cuya condición era que nuestro territorio tuviera 60000 habitantes, cifra que ya habĆamos alcanzado al inicio de la dĆ©cada del veinte. En conclusión: carecĆamos de los derechos polĆticos para gozar de la plena ciudadanĆa que significa poder elegir a nuestros propios representantes.
Cabe reflexionar entonces en clave histórica que la República Argentina demoró 70 años desde la revolución de mayo de 1810 para lograr una constitución aceptada por todos, un sistema de gobierno representativo, republicano y federal y una capital federal que a partir del 12 de octubre con la asunción del Presidente Julio Argentino Roca -luego del enfrentamiento militar con el entonces gobernador de la Provincia de Buenos Aires Carlos Tejedor- permitiese ser la sede del gobierno nacional en forma definitiva.
La organización del sistema federal, principalmente de las provincias argentinas que son preexistentes a la Nación misma ha implicado un largo proceso desde 1862 hasta el año 1990, cuyo punto de partida fue la existencia de las 13 provincias originales, Jujuy desde 1834 y finalmente las 24 jurisdicciones incluyendo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires instituida por la reforma constitucional de 1994.
Ahora bien, fue bajo el liderazgo del presidente Juan Domingo Perón, que nuestro paĆs convirtió en provincia a 8 de los nueve territorios nacionales āentre ellas la nuestra- siendo la Ćŗltima provincia argentina creada, la Provincia de Tierra del Fuego. AsĆ como tambiĆ©n posibilitó que la mujer pudiera votar. Por consiguiente, se trató del perĆodo histórico de mayor ampliación de derechos en la historia argentina.
En cuanto al Chaco, la elección de los convencionales constituyentes se produjo en las elecciones generales del 11 de Noviembre de 1951. La convocatoria a la Convención Constituyente se propició entre el 17 y el 22 de diciembre en el salón de actos de la Escuela N° 2 āRaĆŗl B DĆazā, hoy totalmente refaccionada en la cual se sancionó la Constitución de la Provincia āPresidente Perónā.
La Constitución fue de avanzada para la Ć©poca, invocando los principios del constitucionalismo social y el doble voto sindical, luego de la histórica Asamblea Constituyente Nacional de 1949. EstablecĆa, por ejemplo, la nuestra, la patria potestad compartida entre el hombre y la mujer, cuestión que reciĆ©n se consagrarĆa en nuestro paĆs con la reapertura democrĆ”tica del ā83. Nuestra provincia tiene 150 aƱos de historia como territorio. Tiene 71 aƱos como provincia y hace 69 aƱos, mĆ”s precisamente el 4 de junio de 1953, asumió el primer gobierno constitucional con la fórmula Felipe Gallardo-Deolindo Felipe Bittel.
Rendimos homenaje a los convencionales constituyentes, a nuestras comunidades originarias, criollas e inmigrantes que forjaron nuestra identidad pluricultural, plurilingüe y pluri religiosa. Somos hijas e hijos de ese legado y lo llevamos como bandera de nuestro compromiso Ć©tico y polĆtico.
*Gobernador de la provincia del Chaco









